En la jornada de este lunes, se conoció que la Secretaría de Energía dispuso un aumento del 3,97%, retroactivo al 8 de mayo, de los precios máximos de referencias de las garrafas de 10, 12 y 15 kilos para fraccionadores, distribuidores y venta al público.

La información fue publicada en el Boletín Oficial. Además, establecieron los valores a partir de 1 junio, 1 de julio y de agosto, con aumentos de 4,03%, 4,01% y 3,99%, respectivamente.

De este modo, los valores serán:

  • La garrafa de 10 kilos de $783 (junio), $814 (julio) y $847 (agosto) para los fraccionadores; de $1.374, $1.429 y $1.486 para los distribuidores; y $1.443, $1.501 y $1.561 para la venta al público.
  • Las unidades de 12 kilos, los precios máximos serán $939 (junio) $977 (julio) y $1.016 (agosto) para los fraccionadores; $1.649, $1.715 y $1.783 para los distribuidores; y $2.164, $2.251 y $2.341 para la venta al público.
  • Las de 15 kilos serán $1.174 (junio) $1.221 (julio) y $1.270 (agosto) para los fraccionadores; $2.061, $2.144 y $2.229 para los distribuidores; y $2.164, $2.251 y $2.341 para la venta al público.

Además señalaron que el precio máximo de referencia por tonelada de butano y propano para los productores será de $40.252 a partir de este mes, con un incremento de 3,99%; de $41.862 desde junio y 3,99%; $43.557 desde julio y 4%; y $45.278 desde agosto y 3,99%.

En el comunicado mencionaron que "los precios máximos de referencia cumplen un rol primordial para poder dar efectivo cumplimiento a los objetivos trazados en la Ley 26.020", de Régimen de Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP).