Este jueves el Gobierno nacional informó sobre la nueva fórmula de actualización de valores de las cuotas de medicina prepaga. Esta medida se dará a partir de febrero del próximo año y por un lapso de 18 meses, que determina que el valor del aumento de las cuotas tendrá como tope máximo el 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

La medida se publicó en la presente jornada en el Boletín Oficial por medio del decreto 743/2022, que el mismo Presidente firmó con todos sus ministros antes de emprender viaje a Francia.

En este sentido se dispuso además que las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, "idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25% menor al plan sin copagos".

Además el decreto señala que "resulta necesario establecer criterios normativos que regulen las actividades económicas llevadas a cabo dentro del ámbito de la medicina privada, toda vez que, si bien se establecen como relaciones entre privados, por sus características específicas, su debida prestación es considerada un derecho de los consumidores".

También destaca que "es obligación del Estado implementar políticas que desalienten la inercia inflacionaria que afecta el normal desarrollo de las actividades de las empresas y los ciudadanos y las ciudadanas, especialmente a los sectores del trabajo y la producción que se intentan proteger".

(Fuente: Minuto Uno)