El Gobierno eliminó los topes a las tarifas de internet, telefonía móvil y cable
La decisión la tomaron los tres interventores que cumplen con el mandato de revisar toda la regulación vigente y los diferentes procesos judiciales en los que está involucrado el organismo.
El Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM), que se encuentra intervenido, eliminó todas las regulaciones que le ponían tope a las tarifas de internet, celulares y cable. La institución eliminó las regulaciones de la anterior gestión de Claudio Ambrosini que fijaban un límite a las empresas para los aumentos del 5% y de hasta el 10% mensual.
La decisión la tomaron los interventores Juan Martín Ozores (consultor y ex empleado de Movistar); y los interventores adjuntos que son la abogada con 30 años de carrera en organismos estatales, Patricia Roldán; y el ex director del Enacom en la gestión del presidente Mauricio Macri, Alejandro Pereyra.
Esta decisión responde al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 302/2024, que anuló el anterior DNU 690/2020. Este último había declarado a los servicios TIC como ‘servicios públicos esenciales y estratégicos’, otorgando al ENACOM la facultad de regular sus tarifas.
Ahora las empresas de telecomunicaciones recuperan la capacidad de fijar libremente sus precios, algo que el organismo regulador justifica como necesario para ‘salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia’.
La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, marcando un cambio significativo en la política regulatoria del sector de las telecomunicaciones en Argentina.
La resolución explica que, según la Procuración del Tesoro de la Nación ‘el cambio de ordenamiento jurídico hace que deje de ser válido sin quedar totalmente extinguido’. Por ese motivo fue necesario emitir otra resolución ‘que pronuncie su extinción, sea por la administración o por la justicia’.
También explicitan que tal como surge del DNU N° 302/2024 “…los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar sus precios libremente” y que “… el DNU N° 690/2020 establece una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de los precios de los servicios prestados.”.