Los detalles de cómo será el nuevo calculo que definirá el aumento a jubilados
Con los cambios que expresaron en la ley Ómnibus, la movilidad jubilatoria dejaría de existir en marzo.
En medio de la discusión sobre las modificaciones propuestas para la Ley de Movilidad Jubilatoria en ANSES, revelaron detalles sobre los cambios que podrían entrar en vigencia a partir de marzo y abril. El Gobierno envió al Congreso el proyecto de ley "Ómnibus" con una serie de alteraciones en la fórmula de actualización y otros puntos controvertidos.
Uno de los aspectos más destacados era la derogación de la actual fórmula de actualización, generando preocupaciones sobre cómo se aplicarían los aumentos. No obstante, según el último comunicado del Ejecutivo, se propone que los incrementos en las jubilaciones y pensiones se determinen según el índice de inflación mensual.
En el nuevo escrito, el Gobierno asegura que cumplirá con el ajuste trimestral para los jubilados en marzo, respetando la fórmula actual. A partir de abril, se establecerá una actualización automática basada en la inflación mensual, utilizando el último dato disponible del INDEC. Esto tiene como objetivo garantizar que los jubilados mantengan su poder adquisitivo.
El próximo aumento para jubilados y pensionados estaría previsto para marzo, siendo el último incremento trimestral según la Ley de Movilidad Jubilatoria vigente. Esta ley establece que los haberes se ajusten según un índice que combina el aumento trimestral de la recaudación de la ANSES y la variación de los salarios, con una ponderación específica.
En caso de que se apruebe la Ley Ómnibus, los aumentos no solo se aplicarán a las jubilaciones y pensiones, sino también a otras 10 Asignaciones que se rigen por el mismo índice de actualización. Entre ellas se encuentran la Asignación por Hijo, Asignación Universal por Hijo, Asignación Prenatal, entre otras.