Todavía no se podrá ingresar productos importados
Ratificaron la vigencia del actual sistema que prevé determinadas franquicias para los productos que los viajeros ingreses al país, una norma que el nuevo proyecto de ley pretende eliminar.
A través de un comunicado, la Aduana aclaró que el régimen de equipaje continúa vigente con la normativa actual hasta tanto no se apruebe la ley Ómnibus enviada al Congreso por el Gobierno con modificaciones para traer productos importados cuando se ingresa al país.
Entre las reformas se encuentra la eliminación de impuestos por ingresar artículos para uso personal al regresar de un viaje, siempre y cuando la importación no tenga fines comerciales.
Actualmente el sistema tiene una franquicia aérea o marítima de USD 500 y fluvial o terrestre de USD 300 para ingresar productos. Si el valor del objeto a ingresar supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo, en el caso de una franquicia aérea, si el valor del objeto es de USD 600, excede en USD 100 la suma permitida por lo que se deberá pagar la mitad de esa cifra, es decir, USD 50.
En el caso de menores de 16 años, dicha franquicia corresponde al 50%. Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta, establece la normativa vigente.
‘Las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje, que se importen para consumo sin fines comerciales, fuera de las franquicias que otorga el Decreto Nº 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, no estarán gravadas por ningún tributo’ indica el proyecto de ley.
En este marco, la Aduana ratificó la vigencia de la norma que intenta derogar Milei. Asimismo, el proyecto elimina el trámite que suponía completar un formulario para declarar los artículos ingresados y la presentación de ellos ante la Aduana.
La nueva iniciativa dispone: ‘Para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje no será necesario completar ningún formulario. En caso de que la cantidad de la mercadería a importar haga presumir fines comerciales, la dirección general de aduanas seguirá los procedimientos contemplados en la normativa vigente’.
Tanto la normativa vigente como el proyecto de ley son para productos. Los importes que pueden ingresar y retirarse del país deben ser sumas inferiores a USD 10.000 o su equivalente en otra moneda.