Alerta sanitaria, la ANMAT prohibió unos suplementos dietarios
Las pastillas prohibidas presentaban diversas irregularidades y por ello expresaron la medida este miércoles.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una medida de prohibición el miércoles a través de su publicación en el Boletín Oficial, con respecto a una serie de suplementos dietarios debido a diversas irregularidades administrativas.
Según la Disposición 6506/2023, se estableció la prohibición en todo el territorio nacional, así como en las plataformas de venta en línea, de los siguientes productos: "MK-677 Dietary Supplement, 60 capsules, 12,50 mg, marca King Hardcore; ANAVAR Dietary Supplement, 60 capsules, 40 mg, marca King Hardcore; LIGANDROL Dietary Supplement, 90 capsules, 5 mg, marca King Hardcore; M-DROL Dietary Supplement, 90 capsules, 15 mg, marca King Hardcore; SUPER DROL Dietary Supplement, 60 capsules, 15 mg, marca King Hardcore; CARDARINE Dietary Supplement, 60 capsules, 15 mg, marca King Hardcore; S-23 Dietary Supplement, 60 capsules, 10 mg, marca King Hardcore."
Además, se agregaron a la lista el "TRENAVAR Dietary Supplement, 60 capsules, 25 mg, marca King Hardcore; FEMATROPE Dietary Supplement, 60 capsules, 50 mg, marca King Hardcore; Hell Fire EPH 150 EPHEDRA EXTRACT, Dietary Supplement, 90 capsules, marca Innovative y IBUTAMOREN MK 677, Dietary Supplement, 60 tablets, marca KN Nutrition", en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. La razón detrás de esta prohibición es la carencia de registros sanitarios tanto para el establecimiento como para el producto, lo que hizo que estos productos fueran considerados ilegales según las normativas vigentes.
La medida se originó a raíz de una notificación del Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), indicando que estos productos no cumplían con la normativa alimentaria vigente debido a la falta de registros sanitarios. La Dirección de Fiscalización y Control corroboró que no existían registros de estos productos ni de su ingreso al país.
Dado que estos productos también se promocionaban en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evaluara las acciones a tomar. En consecuencia, se concluyó que estos productos estaban en infracción al carecer de registros sanitarios, lo que los hizo ilegales.
La ANMAT subrayó que, debido a la imposibilidad de identificar en forma clara y precisa la producción, elaboración o fraccionamiento de estos productos en un establecimiento específico, quedó prohibida su fabricación, comercialización y venta en todo el territorio nacional. La medida tenía como objetivo resguardar la salud de los consumidores al evitar el consumo de productos ilegales que carecían de registros y, por ende, no podían garantizar su trazabilidad, calidad y seguridad de acuerdo con las normativas vigentes. El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización de estos productos en todo el país y en las plataformas de venta en línea.