ANMAT prohibió el consumo de dos productos con maní y chocolate
En el Boletín Oficial, dieron a conocer cuáles son las golosinas que no hay que consumir y cuál es la razón.
Desde la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dieron a conocer sobre la prohibición de dos barras de chocolate. La disposición se conoció mediante su publicación en el Boletín Oficial.
En la Disposición 3998/2023 se estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., RNE 02-041604 y RNPA en trámite, Certificado de habilitación municipal N° 21205, Calle 39 N° 1618, La Plata” y “Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, RNE/ RNPA: en trámite” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
En el argumento de su prohibición, señalaron que carece de registros sanitarios, y por no indicar correctamente información obligatoria en su rótulo como los alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles. Las causas de la prohibición no terminan allí, sino que además se agregan las de estar falsamente rotulados al consignar el símbolo y la leyenda “Sin T.A.C.C.”, sin estar autorizados con tal atributo.
Por estas razones, la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires realizó una verificación de los registros exhibidos en el rótulo de los productos investigados que dio como resultado que tanto el Certificado de habilitación municipal N° 21205, como el número de Registro Nacional de Establecimiento mencionado pertenecen a otra razón social que no cuenta con autorización para elaborar alimentos libre de gluten; y que no hay constancia de que se haya solicitado la inscripción de los productos al Registro Nacional de Producto Alimenticio.
En esta línea, la ANMAT determinó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento, comercialización, conservación, transporte, expendio, exhibición, y tenencia del producto de los productos rotulados con la marca “LATTE CHOCOLATE” con “RNE N°02- 041.604?, y/o con registros de RNE y RNPA “en trámite” en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, por las razones antes expuestas.