Muy cerca de San Juan, más precisamente en Mendoza, el intendente de Capital Ulpiano Suarez presentó una propuesta que fue aprobada por el Concejo Deliberante.

Esta norma reglamentó un nuevo ordenamiento para la colocación de mesas y sillas de bares y restaurantes en las veredas de Capital. Frente a esta novedad, los comerciantes deberán adecuarse a esta normativa y se les otorgarán créditos fiscales de hasta $500.000.

La ordenanza municipal Nº 4.189 establece también el modo de disposición de decks y corralitos que suelen tener los locales gastronómicos siendo este departamento el que más concentra este tipo de locales. En total, y según cálculos del municipio, en la Ciudad de Mendoza hay 1.221 bares, cafés y restaurantes en funcionamiento y plausibles de incluir en esta disposición urbana y comercial.

De hecho, un relevamiento de AEHGA (Asociación Empresaria Hotelero Gastronómica y Afines de Mendoza) concluyó que el 32% de este tipo de comercios de la provincia se ubican en Ciudad.

Cambio climático

Así, el vecino intendente buscó reformular una normativa vigente, considerando el gran crecimiento de la actividad gastronómica y con ello la ocupación del espacio público con mesas y sillas, decks y corralitos sobre las veredas públicas.

También se propuso diseñar estrategias de armonización del paisaje, esto es por ejemplo estimular la utilización de colores claros para toldos que unifique la imagen citadina pero a su vez propicie una mejor climatización en los veranos que se esperan, informó Diario UNO.

Asimismo, se detalla el modo y tipo de luminarias que podrán instalar los comerciantes de ahora en más, siempre refiriéndose al exterior del local que comprende la vereda, o sea, el espacio público al aire libre.

Veredas

De acuerdo al ancho de las veredas es la franja lineal que se establece para el uso de colocación de mesas y sillas, así como mobiliario tipo macetas o elementos decorativos. Las veredas de hasta 5 metros deberán dejar 2 como mínimo para la circulación peatonal; las que van de 5 a 7 metros tendrán que contemplar 2,50 metros libres para el peatón; y las veredas de más de 7 metros pueden dejar libre 3 metros para transitar. Y entre las sillas tiene que haber un espacio mínimo de 0.50 centímetros, además de no utilizar por lo menos 0.60 centímetros perimetrales al local para dar lugar a la franja de circulación.

En cuanto a locales que utilizan calzadas en paradas de micros, estaciones automáticas de retiro de bicicletas o cualquier otro equipamiento de acceso público, deberán respetar un retiro mínimo de un metro.

Toldos de colores claros y corralitos móviles

Otro aspecto que se destaca en el anexo de la ordenanza es el tipo y hasta color de los toldos que se utilizan en los bares y restaurantes del centro mendocino.

La reglamentación dice que a partir de ahora los comercios deberán contemplar colores claros para sus toldos o sombrillas y para la delimitación del espacio de ubicación de mesas y sillas, con el fin de evitar una mayor liberación de temperatura en vistas a veranos cada vez más calientes que se pronostican. Esto es el uso de color blanco o beige para sus telas o lonas. 

Para los corralitos o cercos perimetrales se establece también usar estructuras móviles y también de determinados colores. Entonces, los canteros o macetas de hierro, PVC o cualquier material resistente a la intemperie que se disponen en la vereda, así como barandas, deberán ser de color negro, gris, blanco o beige, según dispone la ordenanza. Y exige para las macetas o canteros "contener especies arbustivas naturales perennes" y no superar 1.20 metros de altura por un metro de ancho.

Otro punto que especifica la normativa tiene que ver con la colocación de estructuras para recubrir acequias, como son los decks, en locales comerciales asociados al uso gastronómico. Los decks deberán ser desmontables y respetar las medidas establecidas en el Código Urbano y Edificación para rejillas de acceso a la limpieza de acequias.

Luminarias

La potencia de la lámpara no podrá superar los 7W (en forma individual) y su funcionamiento no podrá ser titilante o tipo flash, ni se permitirá lámpara de color, "solo podrá utilizar 3000°K (luz cálida) de temperatura de color en las lámparas", destaca el anexo.

Y establece que las guirnaldas de luces deberán ubicarse a una altura mínima de 3 metros en las zonas de circulación obligatoria y de 2.10 metros en la zona habilitada para ocupación de mesas y sillas. No se permitirá la instalación de artefactos que emitan luminosidad hacia arriba, debiendo siempre alumbrar hacia el sector de mesas y sillas.