Este lunes, el ministerio de Seguridad publicó en el Boletín Oficial el nuevo “Protocolo general de actuación de registros personales y detención para personas pertenecientes al colectivo LGBTI+” para la Fuerza Policial y Seguridad Federales a las que se les ordena respetar la Ley de Identidad de Género en todos los procedimientos.

La Resolución 37/2020 dicta que “es dable destacar que toda norma, reglamentación y procedimiento que regule el accionar del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad debe respetar, entre otros, el derecho humano a la identidad de género de las personas, así como el libre desarrollo de su orientación sexual, no pudiendo limitar ni restringir el ejercicio de los mismos, y que su interpretación debe realizarse a favor de garantizar dichos derechos”.

Por lo que las Fuerzas de Seguridad a partir de ahora a través de una articulación con la Subsecretaría de Derechos, Bienestar y Género y la Subsecretaría de Formación y Carrera del ministerio de Seguridad deberán incorporar la perspectiva de la diversidad sexual y de género a sus programas de formación y capacitación, con el objetivo de consolidar espacios libres de violencia y discriminación.

Debe estar basada en la identidad de género y/u orientación sexual y a fin de garantizar el trato digno hacia las personas que integran el colectivo LGBTI+. Por último explica que la medida fue tomada luego de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos instará a los Estados “a redoblar sus esfuerzos para capacitar a las fuerzas de seguridad del Estado con miras a erradicar los abusos y la violencia por prejuicio”.