Dictan perpetua para el principal acusado de violar y asesinar a Lucía Pérez
También le dieron 15 años de prisión a un hombre señalado como cómplice. Se trata de el segundo juicio por el caso ya que el primero fue anulado, habían sido absueltos de los cargos contra la víctima en aquella ocasión.
Este jueves el principal acusado de violar y asesinar Lucía Pérez en octubre el 2016 fue sentenciado a prisión perpetua por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de la ciudad balnearia de Mar del Plata, que además le dio 15 años de pena de cárcel para el hombre señalado como cómplice.
Se trata de Matías Farías (29) que fue hallado culpable en calidad de autor del delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y por el suministro de estupefacientes, en concurso ideal con femicidio".
Juan Pablo Offidani (48) actuó como "partícipe secundario" y le aplicaron un pena de 15 años unificada con una condena previa.
Los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone realizaron desde las 14.30 la lectura del fallo, con la sentencia para Farías y Offidani. El fallo se dio a conocer en el sexto piso de los tribunales marplatenses y fue transmitido también por el canal de Youtube de la Dirección de Comunicación y Prensa de la Suprema Corte bonaerense, tal como ocurrió con la apertura del juicio y los alegatos de las partes.
Los acusados no estuvieron presentes y siguieron la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como ocurrió en el resto del proceso oral: Farías desde la Unidad Penal de Florencio Varela, y Offidani, desde la Unidad Penal de Batán.
El caso
Según documenta la instrucción de la causa, Lucía había conocido a los implicados pocos días antes de su muerte. Allí se advertía una falla cardiaca compatible con el consumo de cocaína y posibles signos de abuso sexual que luego fueron comprobados.
en 2018 se realizó el primer juicio donde Farías y Offidani fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del TOC 1 solo por la venta de sustancias ilegales y fueron absueltos de los otros cargos.
En 2020 a Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, allí se dispuso la 'nulidad' del juicio para realizarse de nuevo, hecho que fue ratificado por la Corte provincial.
Fuente: Ámbito