Gobierno habilitó la venta libre de analgésicos y antiácidos: ahora esperan cambios en las recetas médicas
La Nación modificó el Decreto de Necesidad y Urgencia para la venta de antiácidos y analgésicos en locales que no estén habilitados como farmacias. Ahora se esperan modificaciones para que los médicos sugieran marcas comerciales.
Tras recibir reclamos, el Gobierno analizó los cambios en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei a finales del año pasado. Ahora, según la información publicada este lunes en el boletín oficial, Nación habilitó la venta de antiácidos y analgésicos en locales que no estén habilitados como farmacias. Por otra parte, se espera que avances las modificaciones en los aspectos que permitirán a los médicos sugerir marcas comerciales en las recetas, además de la denominación genérica.
Así lo estableció el Decreto 63/2024 que avanza en la reglamentación de los artículos sobre prescripción de medicamentos y su comercialización que contiene el DNU 70/2023. Lleva la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y el ministro de Salud, Mario Russo.
Sobre el debate por el cuál desean avanzar, el Gobierno analiza la situación de las recetas médicas. Según lo estipulado, aunque los profesionales de la salud seguirán obligados a indicar el nombre genérico o denominación común internacional de la droga a administrar, podrán sugerir laboratorios específicos. La medida, que se espera estar publicada este lunes, establece que en caso de usar receta electrónica, el farmacéutico debe informar al médico sobre cualquier sustitución del medicamento para preservar el seguimiento adecuado del tratamiento.
El texto final aún está en elaboración, pero un borrador indica que, aunque el médico sugiera una marca, el consumidor tiene el derecho de reemplazarla por una de menor precio con los mismos principios activos y características.
Con respecto a lo que se refiere a la venta de remedios en establecimientos no habilitados como farmacias, que se mantendrá, pero se limitará a antiácidos y analgésicos; los locales donde se comercialicen deberán contar con un espacio separado para almacenar los medicamentos bajo llave, asegurando condiciones adecuadas de higiene y seguridad.
Además, se aclara que las droguerías solo podrán despachar al público recetas que incluyan medicamentos oncológicos o de tratamientos especiales listados por la autoridad de aplicación.
Estos cambios surgen como respuesta a las críticas de la Academia Nacional de Medicina y 48 entidades médicas respecto a las restricciones impuestas por el DNU original de diciembre pasado. La prohibición de incluir sugerencias de marcas comerciales en recetas había sido cuestionada por limitar la responsabilidad del médico y afectar a los pacientes, especialmente en tratamientos oncológicos.
La modificación es parte de una serie de ajustes que se están considerando en el sistema, y el nuevo DNU reglamenta cuatro artículos de la ley original vinculados a recetas y comercialización.