Un hombre de la localidad rionegrina de Catriel fue condenado a pagar una multa de 2.500 pesos a una mujer de su familia, por haberle enviado una foto de su pene sin su consentimiento. Además, la Justicia determinó que el acusado no podrá acercarse a ella durante los próximos dos años. La denunciante aseguró que en ningún momento consintió el envío de esa imagen, de la cual adjuntó una captura, e hizo una presentación formal en contra de su pariente en la Comisaría de la Familia. 

A raíz de la denuncia, el Ministerio Público Fiscal imputó al acusado por el delito de exhibiciones obscenas, lo multó y ordenó una prohibición de acercamiento que también incluye cualquier tipo de contacto por redes sociales u otra plataforma. Esta última medida responde a que, de acuerdo a la declaración de la víctima, el hombre usó la aplicación Messenger de Facebook para mandarle la foto de sus genitales mientras estaba recostado en la cama.

Qué dice la Ley

El Código Penal de la Nación, en su artículo 129, establece que 'será reprimido con multa de mil a quince mil pesos el que ejecutare o hiciese ejecutar por otros actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros'. En este contexto, la Fiscalía ofreció la realización de un juicio abreviado.

Esta opción fue aceptada por la defensa pública y después el imputado admitió su responsabilidad en el hecho. En consecuencia, un juez de Cipolletti homologó el acuerdo y dictó sentencia. El exhibicionista fue condenado a pagar una multa de 2.500 pesos con la imposición de pautas de conducta por el plazo de dos años.

Pautas de conducta

Entre esas obligaciones, el condenado tendrá que fijar domicilio y mantenerlo, no cometer nuevos delitos, no consumir estupefacientes, ni abusar de bebidas alcohólicas y presentarse en forma trimestral ante el Juzgado de Paz de Catriel para responder sobre su situación social y laboral. Además se le impuso una prohibición de acercamiento a la víctima y cualquier tipo de contacto.

Esto incluye cualquier medio: WhatsApp, redes sociales, mensajes de texto o comunicaciones telefónicas. Según trascendió, el imputado no tenía antecedentes penales. La justicia rionegrina informó que el juicio abreviado 'es una modalidad de juzgamiento que permite llegar a una condena mediante un acuerdo entre el acusado, la defensa, el fiscal y la víctima'.