Qué dijo el Ministro de Salud sobre el protocolo del aborto no punible
Ginés González García aseguró en conferencia de prensa que “Estamos dando un instrumento sanitario para que se cumpla la ley”. Manifestó que desde este viernes entra en vigencia la “guía de procedimientos para todos los profesionales del país”
El Ministro de Salud Ginés González García anuncio la entrada en vigencia del protocolo para el aborto no punible que fue actualizado y seguirá siendo actualizado en los próximos años, según destacó. Manifestó que se incluyeron derechos que no estaban contemplados y ahora si con la modificación del Código Civil.
Destacó que “Iniciamos un camino que es el de aplicación de la ley y creemos que va a haber algunas organizaciones antiderechos que van a cuestionar. Nosotros estamos dando un instrumento sanitario para que se cumpla la ley y los derechos de la persona que lamentablemente están en situación de interrupción voluntaria del embarazo”.
En la conferencia no se dieron muchos detalles de en qué consiste el texto pero si aclararon que es un protocolo sobre como tienen que actuar los profesionales de la salud para la interrupción del embarazo.
Sobre la “objeción de conciencia”, que suele ser una de las opciones que eligen los profesionales para no participar en estos procedimientos, García señaló que: “Somos respetuosos, pero no puede ser una coartada para que no se cumpla la ley. La ley respeta la objeción pero no puede quedarse sin respuesta institucional. Sabemos que hay instituciones que colectivamente han intentado hacer esto y obviamente lo que plantea es lo que se dice en la ley”.
Mariana Romero que es la titular del Centro de Estudios de Estado y Sociedad, respondió preguntas de la prensa y destacó que en la ley de Argentina no hay un límite de edad gestacional para la interrupción por lo que es lo mismo que aplica la Organización Mundial de la Salud.
Por otro lado respecto a las objeciones de conciencia dejó claro que las instituciones públicas son las que deben garantizar la aplicación de la ley en un plazo de 10 días.
No es que aplica a la violación, aplica al momento de la solicitud, no importa la causal: en 10 días debe darse lugar a la práctica”, dijo enfáticamente.
Respecto a los casos de violación también la funcioanaria dió a entender que los plazos de realización de la voluntad de la víctima no dependen de si se hace o no la denuncia y la marcha de la causa.
Fuente Infobae