La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso del músico Cristian Aldana, exlíder de El otro yo, para que le concedan la excarcelación y el arresto domiciliario. El artista fue condenado a 22 años de prisión por haber abusado sexualmente de cuatro menores de edad.

La resolución del alto tribunal fue firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, invocando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial. Este permite al tribunal rechazar sin argumentos los recursos extraordinarios cuando los planteos son insustanciales o impertinentes. Los pedidos de Aldana fueron rechazados en todas las instancias y la Corte mantuvo este temperamento.

Aldana permanece detenido desde diciembre del 2016, poco después de irrumpir en una marcha en su contra organizada por las víctimas disfrazado de monja y tocando la guitarra. Aquel 12 de julio de 2019, en la sala del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional número 25 de la Capital Federal, la Justicia determinó que el músico es culpable de los cargos de abuso sexual y corrupción de menores que se le imputan y fue condenado con una pena de 22 años de cárcel.

El Tribunal se basó para dictar veredicto en el testimonio de 83 testigos que comparecieron durante más de un año en un proceso muy trabado por las denuncias del músico y sus cambios permanente de abogados para su defensa.

Según este Tribunal, "la conducta de Humberto Cristian Aldana estaba orientada a la selección de especiales víctimas, elegidas a través del directo ejercicio de interrogatorio sobre la vinculación familiar, la existencia de abusos previos y la inexperiencia sexual propia de la corta edad de sus elegidas, aprovechando del contexto familiar de cada una que las posicionara en un particular estado de vulnerabilidad”.

Revés para Cristian Aldana: la Corte Suprema le negó la excarcelación
las víctimas, después de conocerse la condena

fuente télam