En un fallo emitido este viernes, el juez federal Guillermo Lleral concluyó que no existen conductas humanas que puedan ser consideradas como ilícitos penales en los eventos ocurridos el 31 de julio y 1 de agosto de 2017. Como resultado, se determinó que los hechos investigados no constituyen delito y, por lo tanto, se ordenó el sobreseimiento total y definitivo de los imputados.

El principal sobreseído en el caso era el oficial de gendarmería Emmanuel Echazú, quien fue investigado por el delito de desaparición forzada de persona. Además, es este fallo, fueron liberados de culpa los agentes Juan Pablo Maria Escola, Victor Vaquila Ocampo y Marcelo Ivan Ferreyra, en relación a los delitos de daño, abandono de persona, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.

Sobreseyeron a los gendarmes investigados por la muerte de Santiago Maldonado

El Tribunal determinó que no se pudo identificar ninguna conducta humana típica ni antijurídica atribuible a cualquier miembro de la Gendarmería Nacional ya que no se encontraron pruebas que respaldaran tal acusación.

En este extenso escrito, y teniendo en cuenta las pruebas  “colectadas y analizadas meticulosamente”, el magistrado explica como sucedió la muerte de Maldonado según la investigación: “La desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huida; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció´ su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyo´ a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”, explicó Lleral.

Sobreseyeron a los gendarmes investigados por la muerte de Santiago Maldonado

Por eso, para el magistrado “nadie forzó´ la desaparición de Santiago Andre´s Maldonado”. En su sentencia indicó que: “Nadie resulto´ señalado, por la prueba que se colecto´, como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte. Que los acontecimientos en el presente expediente se han sucedido tal como se acaba de reseñar. Asi´ se ha podido dar con la verdad, el objetivo con el que se asumió´ el desafío de esta causa y que, pese a todo, nunca se perdió´ de vista, por más dolorosa y difícil de descubrir que ella fuera”.

Finalmente, el juez dispuso el cierre del expediente al “no advertir la existencia de ninguna acción humana penalmente relevante que guarde estricta relación con esos sucesos, y con motivo de los Sobreseimientos Totales y Definitivos (SIC) que se ordenan, debo disponer el cierre concluyente y el consecuente archivo”.

El magistrado consideró que en torno a la muerte Santiago Maldonado hubo mucha especulación y agregó, “el ser humano no puede detener su mente y su fantasía cuando la sencillez lo alcanza. Negarse a ver la realidad es materializar lo absurdo y vivir en la mentira. En el mejor de los casos, es abrazar una quimera”.