Condenaron a un hombre que le pegó a su esposa por no poder salir con sus amigos
El sanjuanino golpeó salvajemente a que mujer. Ahora no podrá acercarse a ella y deberá cumplir con la pena impuesta por la justicia.
David Guerrero fue encontrado culpable agredir a su esposa. El delito que la justicia le endilgó fue el de lesiones leves agravadas por el vínculo en contexto de violencia Intrafamiliar. Por este caso seguirá libre, pero deberá respetar la perimetral.
El hecho que lo puso en el foco de la justicia sucedió el pasado 2 de febrero, cuando David Guerrero ingresó al hogar, mientras la víctima se encontraba durmiendo. Tras ello, él comenzó a poner música fuerte, provocando que la mujer se despierte y se levante. Luego David le dijo a su esposa que a la noche saldría y que ella se quedara cuidando a sus dos hijos menores de edad.
A pesar de la imposición del sujeto, ella le dijo que no podía, ya que salía de trabajar tarde. Luego de ello se generó una feroz discusión. La víctima ante la situación de nervios, buscó un cigarrillo y cuando se lo colocó en la boca, el agresor la insultó y le dijo que no prendiera adentro de la vivienda. Tras ello, la tomó del cuello, la tiró al suelo y le metió los dedos en la nariz provocando una herida con sangrado, luego le metió los dedos en la boca y ella lo mordió.
Ante el temor, ya que en otras oportunidades había sufrido otros hechos de violencia de parte de su esposo, ella fue a buscar el celular para llamar al 911. Pero su agresor se lo quitó. En un descuido ella logró llamar y grabar parte de lo que sucedía. Al ver esta maniobra, él rompió el celular de la víctima.
A los minutos llegó el móvil policial, por lo que ella salió a la calle con sus dos hijos y algunas pertenencias. Allí vieron las heridas y la sangre, por lo que le indicó el calvario que vivió. Luego de ello lo detuvieron.
Ya en Juicio Abreviado condenaron al sujeto a cumplir la pena de 6 meses de prisión de cumplimiento en suspenso. A la vez lo penaron con la pena de prohibición de acercamiento a la víctima, prohibición de actos molestos y turbatorios, remisión a la justicia civil por cuota alimentaria y régimen comunicacional. A la vez deberá realizar taller de violencia de género con acreditación.