Gran repudio al abogado de la tía por hablar de la 'madurez sexual' de la menor
Laura Romarión, Defensora de Menores, mencionó que estos dichos están totalmente fuera de lugar y que vulneran los derechos de la presunta víctima.
El pasado miércoles 24 de marzo el abogado de la tía de la presunta víctima de prostitución dio unas polémicas declaraciones. El letrado mencionó que habría que determinar la madurez sexual de la menor, porque "hay delitos y delitos". Acerca de esto una autoridad que participa en la causa mencionó que los comentarios están fuera de lugar y vulneran los derechos de la niña.
Laura Romarión, Defensora de Menores, se refirió a las declaraciones que dio recientemente Leonardo Villalba, abogado de la tía, al medio Radio Sarmiento. El defensor de la imputada manifestó que: "hay que ver si la madurez sexual tiene que ver con la edad o es algo de cada persona en particular. Hay que ver si se había iniciado sexualmente o, en caso de haber mantenido relaciones con estas personas, si el inicio se dio con ellos".
Acerca de esto, Romarión dejó en claro su fuerte repudio a este pensamiento. Ella expresó que las palabras de Villalba están totalmente fuera de lugar y lo único que hace es vulnerar los derechos de la niña de 14 años. Además la autoridad remarcó que el objetivo del letrado era sentar a la menor en el banquillo de los acusados, como si fuera una sospechosa.
"El abogado de la tía de la víctima, ha pretendido poner en el banquillo de los acusados a la nena, siendo que la imputada en la es la tía. Manifestó cuestiones que no tienen nada que ver desde el punto de vista jurídico. El delito por el cual se imputa a la clienta del colega es la Facilitación a la Prostitución. No tiene nada que ver con la madurez sexual de la niña, ni con el consentimiento", expresó.
La Defensora de Menores recalcó que el bien jurídico que se esta "lastimando" en este caso, es la autodeterminación o libertad sexual. Entonces poco importan los parámetros a los que se refiere Villalba, ya que se esta hablando de un delito que cabe a quien haya mantenido relaciones con una niña de entre 13 a 16 años. La voluntad o madurez de la afectada no influyen.