La corte redefinió competencias para los juzgados de la primera y segunda circunscripción
El máximo órgano judicial de la provincia redistribuyó las competencias que tienen que ver con los procesos sucesorios, civiles y contencioso administrativos.
En un comunicado oficial la Corte de Justicia de la provincia informó la redistribución de competencias para juzgados de la primera y segunda circunscripción judicial.
La información establece que se dispuso la redistribución de competencias en procesos sucesorios y en materia civil y contencioso administrativa, que regirán a partir del 1 de septiembre de 2022.
La Corte de Justicia estableció la competencia exclusiva para entender en los procesos sucesorios de cualquier naturaleza a la Justicia de Paz Letrada del Gran San Juan, con excepción del Sistema de Gestión Asociada para Ejecuciones Fiscales.
Asimismo, otorgó competencia en tales procesos a los Juzgados de Paz de Jáchal e Iglesia. En consecuencia, se estableció que los Jueces y Juezas de la Justicia Ordinaria en lo Civil de la Primera y Segunda Circunscripción Judicial, dejan de tener competencia en procesos sucesorios.
En este sentido, el Acuerdo General determina la competencia exclusiva de la Cámara de Paz para entender en los mencionados procesos. Además, se acordó incorporar la competencia Contencioso Administrativa al Sistema de Gestión Asociada en materia Civil (Oficinas Judiciales Civiles N.º 1 y N°2), asignando a los Jueces y Juezas en lo Civil, Comercial y Minería de la Primera Cirscunscripción Judicial competencia para entender en las causas Contencioso Administrativas (art. 68 LP N.º 2352- O), sin perjuicio de la que ya ejercen (art. 63 LP N.º 2352-O); y a la Sra. Jueza titular actual del Juzgado Administrativo competencia para conocer en las causas previstas en el art. 63 LP N°2352-O.
Fuente Poder Judicial San Juan