El Juez Federico Zapata, juez del Juzgado de Ejecución Penal de Primera Nominación resolvió la expulsión del país del ciudadano Boliviano Marcelo Villalobos Solís. 

El mismo está cumpliendo condena en el Servicio Penitenciario Provincial con resoluciones de junio del 2019 por la Sala Segunda de la Cámara Penal y Correccional a la pena de 6 años de prisión por el delito de “Abuso Sexual con Acceso Carnal”. Y en septiembre de 2019 a la condena de 3 años de cumplimiento efectivo y 7 años de inhabilitación por Homicidio Culposo. En el 2021, la Sala Segunda de la Cámara Penal unificó las condenas con la pena única de 8 años y 10 meses de prisión efectiva, declarando la reincidencia.

El Dr. Federico Zapata, Juez del Juzgado de Ejecución Penal de Primera Nominación, ordenó que actúen la Dirección Nacional de Migraciones, organismo que se encarga de realizar los trámites administrativos para concretar las expulsiones, solicitó la medida en el marco de una concreción de la política migratoria argentina, y deberá tomará los recaudos para cumplir con la resolución judicial, concretando la expulsión y tomar las medidas para evitar el reingreso en la República Argentina. Para concretar el traslado del extranjero condenado, el Servicio Penitenciario Provincial deberá coordinar y pedir colaboración a Migraciones- delegación San Juan, Policía Federal Argentina o de la Policía de Seguridad Aeroportuaria; del Departamento Interpol de Bolivia y el de Buenos Aires, y al Consulado del Estado Plurinacional de Bolivia en Buenos Aires.

En el caso de violación con acceso carnal, Villalobos se aprovechó de una joven con retraso mental y la dejó embarazada aprovechando que se quedaba sin la protección de sus familiares en la finca de su familia que lo empleaba. La otra condena por homicidio culposo se trató de un siniestro vial en al cual se lo consideró responsable de la muerte de otra persona. 

El condenado tuvo una unificación de pena por lo que debe cumplir más de 8 años  y 10 meses de carcel que se cumplirían durante el año 2027. Computándosele la mitad de la condena podía solicitar el beneficio de extrañamiento como se denomina y lo hizo a través de su defensa.