Los detalles del juicio que ganó una jubilada sanjuanina a ANSES
La abogada de la mujer que obtuvo sentencia a su favor luego de un juicio por el descuento del impuesto de las ganancias, comentó en Canal 13 como fue el proceso y que pasos debe seguir.
Soledad Menin es la abogada previsional encargada de ayudar a una jubilada sanjuanina a ganar un juicio contra ANSES y AFIP. La mujer que cobra un haber provisional pagaba cada mes el impuesto de las ganancias, al ver que ello no era correcto se comunicó con la letrada y desde allí comenzaron con las acciones legales.
De este modo la abogada explicó en Tarde Trece “algunos jubilados y pensionados lamentablemente por ley, pagan impuesto a las ganancias a pesar de que lo que ellos ganan no es una renta o una ganancia, en términos estrictos”. A la vez añadió “ellos (los jubilados) lo que reciben es una prestación de la seguridad social para cubrir la contingencia de la vejez que les impide salir a trabajar. Ellos ya aportaron toda su vida es tiempo de descansar y que el estado les devuelva sus aportes a través de una prestación que la jubilación”.
Soledad Menin referenció que su clienta es jubilada y pensionada, aunque no es de avanzada de edad. Por ambos beneficios cobra más de 200 mil pesos, por lo que le generaban el descuento por el impuesto a las ganancias. La jubilada escucho que eso no era correcto por lo que comenzó a buscar solución. “Nosotros de inmediato decidimos entablar el amparo, que se diferencia del juicio ordinario porque no hay que agotar la instancia administrativa y que suelen ser más largo”.
Sobre ello aclaró “el amparo es una acción que se interpone determinado día y en el mes ya hay sentencia, pero hay que demostrar que hay ciertos requisitos de admisibilidad, de verosimilitud del derecho y peligro en la demora”. Si bien desde los organismos intentaron anular el juicio señalando que el impuesto debía ser pago debido a que la mujer no tenía edad avanzada ni alguna enfermedad. Sin embargo, la defensa argumentó que generaron una interpretación más amplia, no restrictiva porque “no está hablando una cuestión mera y estrictamente tributaria, se está hablando de como un impuesto reduce el monto de un beneficio previsional que tiene carácter alimentario que está regido por las normas de la seguridad social” aludió la letrada.
Otro de los puntos que detalló Menin es que “a pesar de que ello, en ANSES graban a este beneficio y hacen que los beneficiarios paguen el impuesto a las ganancias, aunque la denominación indica qué es un impuesto a las ganancias y a la renta”. Seguido de ello aclaró que este caso plantea una jurisprudencia porque “en la corte suprema se han planteado esto que es muy novedoso en la provincia de San Juan que ya esté tiene un fallo y ya estamos en la etapa de practicar liquidación”.
Luego de esto, la abogada mencionó “en este caso no es solamente ganar un juicio, en general los organismos son reticentes a cumplir. Por eso hay que luego hay que iniciar un incidente qué es un juicio dentro del juicio”. A ello le sumó “el juez define cuál es el monto que le deben pagar los organismos y los obliga a devolver el dinero”.
Menin explicó que “en general cuando se le hace un juicio se reconoce que se debe hacer un pago retroactivo de dos años, pero acá por haber una cuestión de índole tributaria se le reconoce a nuestra clienta en derecho que le paguen y le devuelvan el impuesto mal descontado de 5 años para atrás. Es decir que ahora ya no solamente tienen derecho a que le dejen de cobrar el impuesto, sino que ahora le tienen que devolver lo mal descontado más intereses”.
Seguido de la explicación, la abogada sanjuanina expresó “para mi es un orgullo haberlo logrado y en tan poco tiempo porque hablamos de un jubilado que realmente necesita una respuesta rápida sobre todo cuando se pasó toda su vida pagando el impulso de las ganancias”.