Por la noche del 21 de septiembre llegó a la provincia de San Juan un importante documento desde Buenos Aires. El mismo provenía de la Corte Suprema de Justicia, en el cual definieron que la causa por la Fiesta VIP en Santa Lucía debe ser resuelta por la Justicia Sanjuanina. Sin embargo ya pasaron más de 2 años del hecho y los defensores recalcarán en que todo prescribió.

La Corte Suprema de Justicia se ha expedido para que esta causa la lleve adelante el fuero local. Es decir el Poder Judicial de la provincia de San Juan y no Flagrancia. A raíz de ello este jueves cuando se lleve a cabo una nueva audiencia los abogados defensores muy probablemente resaltarán que prescribió la causa ya que pasaron más de 2 años. 

Esto se debe a que la Fiesta VIP en cuestión se concretó el 11 de septiembre del 2020 en el departamento Santa Lucía con más de 30 personas presentes en plena pandemia. Ahora nuevamente han sido convocados el Dr. Eduardo Raed de Flagrancia, el fiscal Iván Grassi, todos los abogados defensores y los 48 jóvenes imputados.

Se verán las caras nuevamente luego de que esta causa haya recorrido diferentes instituciones. Todo comenzó en Flagrancia, donde una abogada defensora dijo que era para el fuero federal porque el decreto para no romper la cuarentena era nacional. Desde allí fue a la Corte de Justicia de la provincia, de ahí pasó al Juzgado de Rago Gallo quien dijo que era local. Los defensores fueron a la Cámara Federal de Mendoza donde dijeron que lo debía resolver la Justicia Sanjuanina.

Al recibir esta negativa en la vecina provincia, los abogados recurrieron a la Cámara Nacional de Casación que es el nivel más alto dentro del circuito penal. Desde allí resolvieron que lo debía definir la Justicia Federal. Ante esta situación Rago Gallo dijo que debía decidir finalmente la Corte Suprema. La misma definió que es un tema local pero ya cuando se cumplieron más de 2 años.

Cabe recordar que los 48 involucrados en esta fiesta clandestina son los siguientes:

  1. Roldan Martín Mathias
  2. Coria Florencia
  3. Sarmiento Florencia             
  4. María Milagros Atencio 
  5. Jamenson Marcelo Maria              
  6. Pastor Lucia 
  7. Mordacci Mauro                  
  8. Mordacci Julieta Abril 
  9. Pintor Rodríguez Jimena       
  10. Kadi Castro María Josefina 
  11. Mattar Celani Mariano Nahir
  12. Mauricio Gómez  
  13. Ornella Paula Vidal Castro 
  14. María  Victoria Elizondo 
  15. López Segura María Emilia 
  16. María Daniela Durán  Bonilla 
  17. Becerra Mariana 
  18. Tello Abreu  Leandro Alexis 
  19. Pérez Cordero Emiliano Alejandro 
  20. Funes Mauricio  Hernán 
  21. Meritelo María José 
  22. Aguiar Coria Martina Laura
  23. Nelson Federico Zabalv 
  24. Facundo  Enrique  Velasco Fernandez 
  25. Durán  Lucas Agustín
  26. Baños Sofía
  27. Colombo Aguilar Valentina
  28. Camilleri Graso Luciana María 
  29. Ortiz Maximiliano Miguel 
  30. Amaya José Mauricio  
  31. Díaz Chequepel Patricia Juliana 
  32. Vila Carla Martina 
  33. Matons Torres  María Paz 
  34. Ayala Siria 
  35. Daniela del Rocío Coria Hijano 
  36. Enrico Andrés Zullich  Dojort
  37. Toledo  Guadalupe
  38. Juan Manuel Olmedo
  39. Agusto Baigorri Conte Grand
  40. Santina Zunino 
  41. Gonzalo Martín Clavel Echegaray
  42. María José Paz Navarnete 
  43. Rotman Baso Julieta  
  44. Ángel Dario Requena Galdeano 
  45. Uzair Vallés Julián Zamora 
  46. Pérez Santiago Rodolfo  
  47. Touris Guadalupe 
  48. Juan Manuel Velasco