Tras la absolución de la portera acusada de abuso, ¿por qué fue condenado el que filmó?
En vivo en Canal 13, Reinaldo Bedini, el abogado defensor de la trabajadora explicó cuáles fueron las acciones que llevaron a la Justicia a hallarlo culpable.
Este miércoles, la Justicia decidió absolver a Paola Tejada, la portera acusada de abusar de un adolescente de 15 años en una escuela de 25 de Mayo en 2021.Ante esta decisión, el abogado defensor de la trabajadora, Reinaldo Bedinin explicó al móvil de Canal 13 por qué Tapia de 32 años, quien fue que filmó la secuencia de la polémica, si fue condenado.
El letrado señaló que la jueza de Garantías, Verónica Chicón condenó a 3 años de prisión condicional a Tapia porque filmó y difundió la imagen. Este accionar lo realizó sin el consentimiento de los protagonistas del video. Por tanto, la Justicia consideró que causó daños a los involucrados. Aunque, Bedini recordó que el chico subió ese material a los estados de sus redes sociales.
Por otro lado, la defensa de Tejada dio detalles de cómo logró demostrar la inocencia de su clienta. Uno de los puntos claves fue demostrar que la portera no cometió ningún delito contemplado en el Código Civil. Además, quedó demostrado que el adolescente no fue obligado a sacarle del corpiño de ella el cigarrillo.
El abogado contó que en cámara gesell el alumno contó con claridad cómo habían sido los hechos. Este testimonio lejos estuvo de complicar a Tejada. Con esto la defensa logró demostrar que el menor no fue violentado por la trabajadora.
Otro de los puntos a favor de Tejada, es que el joven no quedó con daños. Este dato fue confirmado por Bedini asegurando que al chico se le realizó un análisis psicológico el cual sacó a la luz que no había sido vulnerado de ninguna manera.
El 7 de julio de 2021 se dio inició a la investigación por el presunto abuso de un menor de edad cometido por la portera de una escuela del departamento 25 de Mayo. A pesar de que fiscalía le pidiera al juez 6 años de prisión, este miércoles, el juez Matías Parró decidió absolver a Paola Tejada.
El magistrado consideró que no hubo corrupción de menores ni daño psicológico al chico. En septiembre, se conocerán los fundamentos completos de la sentencia.
Tampoco se pudo comprobar que hubo exhibiciones obscenas porque esta situación tiene que ser involuntaria para la víctima, en este caso en especial no lo hubo, porque el adolescente tuvo la voluntad de estar ahí.
Cabe recordar que este caso sí tuvo un condenado, en diciembre pasado. La jueza de Garantías, Verónica Chicón, resolvió en juicio abreviado condenar a 3 años de prisión condicional (sin ir a la cárcel a menos que cometa otro delito y quede efectiva) al hombre que filmó, de apellido Tapia y de 32 años de edad. Fue después de que el hombre admitió el hecho a cambio de una reducción de la pena.
La defensa de Paola Tejada, que estuvo a cargo del abogado Reinaldo Bedini expuso en el proceso que en realidad lo que sucedió es que la portera se colocó un cigarrillo en su corpiño y desafió a menor a que lo sacara del lugar. El niño de 15 años aceptó y lo hizo y esa escena fue filmada y divulgada. Según Bedini sin el consentimiento de Tejada.