Noche de cacería: Salieron a matar animales en plena madrugada y terminaron presos
Personal de la Secretaría de Ambiente, interceptó a cazadores que violaron el aislamiento obligatorio y faenaron cuatro guanacos.
En la jornada de este martes, alrededor de las 3 de la mañana, una denuncia anónima en la Dirección de Conservación, alertó sobre la presencia de cazadores en el departamento Albardón. Ante esta situación, personal de Ambiente, realizó un fuerte operativo y lograron interceptar dos personas, identificadas como Juan Rivero y Rubén Berrido, ambos oriundos de la zona, que quedaron a disposición de la justicia.
Personal de la Dirección de Conservación, ingresó a través de una huella, en la zona del Villicum, donde lograron interceptar a cuatro personas, pero dos, se dieron a la fuga en una moto, informaron las fuentes. Sin embargo, Rivero y Berrido, quienes se encontraban en una camioneta, no lograron evadir a los agentes. El personal de Conservación, realizó una requisa en el vehículo, y encontraron cuatro guanacos faenados y despostados, según detallaron las autoridades. Inmediatamente, intervino personal de la Comisaría 20 de Albardón.
Los dos detenidos, recibieron una multa por infracción a la legislación ambiental vigente y quedaron a disposición del Juzgado de Paz de Albardón. Mientras que la carne de los cuatro guanacos fue enviada al Parque Faunístico, Centro para la Conservación de Fauna Silvestre, explicaron desde Ambiente.
Desde la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, informaron que en los últimos días, han registrado tres infracciones, tanto a través de la caza y captura de animales, como así también a la prohibición a la comunidad de salir de sus hogares.
Las autoridades de Conservación de Ambientes, recordó que la caza es delito y está prohibida por la Ley 606-L. La normativa vigente establece que será reprimido con prisión de dos meses a dos años, el que cazare animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización estén prohibidas o vedadas por la autoridad jurisdiccional de aplicación. Esta infracción de flora y fauna en su artículo 41 prohíbe en el territorio provincial la caza de animales de la fauna silvestre, el hostigamiento, la destrucción de sus hábitats, refugios, nidos, huevos, etc.
Así también, la apropiación, tenencia y transporte de los productos derivados de los mismos. Además, el artículo 101 establece que en todos los casos se procederá al decomiso de las especies, de sus despojos, productos o subproductos. En caso de piezas de carne o de consumo se donarán a instituciones benéficas. En tal situación deberán verificarse el estado sanitario de los elementos decomisados.