En la jornada del ballotage entre Sergio Massa y Javier Milei, los interrogantes abundan. Uno de ellos es entorno a  cuáles son los DNI con lo que se puede votar el domingo electoral.

En este caso, los documentos habilitados para votar en la segunda vuelta son la libreta de enrolamiento o libreta cívica, el DNI libreta verde, el DNI libreta celeste, la tarjeta del DNI celeste, aun cuando tiene la leyenda “No válido para votar” y el DNI tarjeta en el último formato que empezó a entregar la Nación.
Se debe tener en cuenta que se debe votar con el documento que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Esto quiere decir que si en el padrón figura que el ciudadano vota con un duplicado, pero este documento se perdió, el votante se podrá presentar con el último DNI que le entregaron las autoridades. Si se concurre a votar con un documento anterior al que consta en el padrón no se podrá emitir el voto.

Las autoridades de la Junta Electoral, aclararon que el DNI que se puede cargar en el celular no es válido para votar. Tampoco se puede emitir el voto con una constancia de DNI en trámite porque este comprobante no se considera como probatorio de la identidad del sufragante.

La legislación vigente establece que si el votante perdió o sufrió el robo de su DNI y no tuvo tiempo de solicitar y recibir su nuevo documento, no podrá votar este domingo 19 de noviembre. Es que en el padrón figurará el DNI que el votante extravió por lo que no estará debidamente identificado y se verá impedido de votar.

En caso de robo o pérdida del documento el ciudadano deberá presentar la denuncia policial en la que pone en conocimiento de las autoridades que no tiene su documento. Luego, cuando las autoridades lo habiliten, podrá ingresar al sitio web de la Justicia Electoral donde deberá adjuntar número de DNI, género y distrito.