Alberto Fernández cargó contra la Corte tras la inhabilitación de Uñac
"Una vez más, la Corte Suprema se entromete en el proceso democrático y autonómico de las provincias", escribió el presidente en sus redes sociales.
Tras la inhabilitación de la Corte Suprema de Justica a Sergio Uñac para ser candidato a un nuevo mandato a gobernador, el presidente Alberto Fernández cargó contra la Corte Suprema a través de sus redes sociales. "Una vez más, la Corte Suprema se entromete en el proceso democrático y autonómico de las provincias", escribió en sus redes sociales.
En este sentido remarcó que ha dictado sentencia antes que opinara el más alto tribunal de San Juan, "atribuyéndose una competencia originaria a partir de una interpretación forzada e ilegítima".
Por ultimo dijo que este acto, "lejos de impartir justicia, rompe el federalismo y debilita nuestra democracia. El pueblo es el que siempre elige".
La determinación se dio con el voto de los ministros Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda; y el voto concurrente de Carlos Rosenkrantz. El ministro Ricardo Lorenzetti no votó porque no había intervenido. El Máximo Tribunal estableció además un criterio amplio en materia de prohibición de reelecciones.
Dijo que la Constitución Nacional establece una pauta republicana que las impide aunque no haya una prohibición expresa en las constituciones provinciales, lo que podría aplicarse a muchos casos, incluyendo gobernadores e intendentes. En el caso de San Juan hubo voto conjunto de Rosatti y Maqueda y concurrencia de Rosenkrantz. Es decir, hubo mayoría en la parte dispositiva pero no en los fundamentos.
Lorenzetti no votó porque no había intervenido en las medidas cautelares previas. Igualmente hay una coincidencia de los cuatro ministros sobre la prohibición de reelecciones, aunque puede haber diferencias en cuanto a la extensión de las mismas. Desde el fallo dictado sobre la provincia de Santiago del Estero (firmado por Maqueda-Lorenzetti), se sostiene que hay un criterio estricto en materia de relecciones.
Ese criterio se basa en que, cuando la Constitución de la provincia prohíbe la reelección del gobernador y hay una interpretación que pretende ignorarla, se viola la forma republicana que dispone el artículo 5 de la Constitución Nacional. En la resolución de Río Negro, se trató el caso de la sucesión recíproca, es decir, que el gobernador puede ser vice y luego gobernador; la Constitución de Río Negro lo prohibía, y la Corte lo prohibió también.