La Justicia sanjuanina ratificó la vigencia de la eliminación de las PASO
Los tres planteos de los diferentes sectores políticos fueron rechazados este viernes por la Sala IV de la Cámara Civil de Apelaciones. Tettamanti aún debe resolver la cuestión de fondo.
El planteo de inconstitucionalidad giogista en contra de la eliminación de las elecciones PASO tuvo un duro revés en la Sala IV de la Cámara Civil de Apelaciones este viernes. De esta manera se desestima la medida cautelar que sostenía la vigencia de las PASO que había sido dictada por la jueza en lo contencioso administrativo Adriana Tettamanti. Aunque la magistrada aún debe resolver la cuestión de fondo.
La misma suerte corrieron los planteos de interpuestos por Juntos por el Cambio y el Partido del Trabajo y del Pueblo. Por lo que aquello que se definió el pasado 16 de diciembre en la Legislatura Provincial y que causó tanto revuelo político, incluso dentro de la coalición de gobierno, se efectivizó y las PASO quedaron eliminadas como instancia electoral en la provincia de San Juan.
El fallo del tribunal compuesto por la magistrada Eugenia Varas (presidenta), y los jueces, María Josefina Nacif y Juan Jesús Romero como Vocales precisó que "que la Corte Suprema de Justicia ha reiterado en distintas causas que para la concesión de las medidas cautelares en las que se solicitan la suspensión de actos legislativos es preciso, al gozar ellos de presunción de legitimidad, analizar de modo prudente los recaudos que tornen pertinente la protección anticipada".
Así mismo, sostuvo que la ley impugnada goza de presunción de legitimidad, cuyos efectos no deben ser suspendidas mediante cautelar, "no basta la mera invocación de que la norma impugnada se encuentra en colisión con preceptos constitucionales para tener por acreditada la verosimilitud del derecho invocado".
En relación a la demora y a los efectos o peligros de esta eliminación sobre los próximos actos eleccionarios, no se ha podido definir aun sus "perjuicios irreparables, ya que "no se ha fijado hasta el momento un cronograma electoral que determine con precisión la fecha de las próximas elecciones (...) hasta la resolución de su validez constitucional en el marco de un proceso abreviado, caracterizado por una tramitación con plazos más breves".