Esenciales: aclararon desde qué edad se pueden vacunar
Tras el anuncio, la ministra Alejandra Venerando despejó dudas sobre los trabajadores que podrán acceder a la vacuna contra el Covid 19. este sábado comienza la inscripción.
Los trabajadores esenciales podrán inscribirse para la vacunación a partir de los 18 años. Lo aclaró la ministra de Salud Pública, Alejandra Venerando, tras el anuncio por la ampliación de la vacunación este viernes.
Aquellas personas que figuren en el listado emitido por Salud Pública deberán presentar un certificado firmado por su jefe con el que podrán acreditar su actividad esencial, explicó la funcionaria.
De este modo, dejó en claro que las personas que se dediquen a actividades esenciales durante la pandemia, no tienen que cumplir con el requisito de ser mayores de 40 años.
En el listado de trabajadores esenciales, figuran desde recolectores de residuos, choferes de colectivos, acompañantes terapéuticos, personal de atención al público, hasta comerciantes de barrios. Se trata de un grupo de aproximadamente 150.000 personas, según los datos oficiales.
Para inscribirse, deberán ingresar a la página oficial del Programa Provincial de Inmunización en: https://sisanjuan.gob.ar/vacunacionsanjuan
En cuanto al avance de la vacunación, Venerando comentó que después de inmunizar a este nuevo grupo quedará pendiente la franja etaria de los 18 a los 30 años como población general. “Hemos tenido algunas diferencias respecto a los porcentajes porque muchos han ingresado dentro de los distintitos grupos de riesgo, dentro de los distintos grupos etarios con y sin comorbilidades. Todo este análisis que se va realizando lo vamos teniendo en cuenta. Este será el grupo más grande a vacunar”, comentó.
Por otro lado, la Ministra comentó que el avance de la vacunación dependerá de la llegada de las dosis que envía Nación. SI bien, manifestó que San Juan continua con las gestiones para la compra de vacunas propias, por ahora, solo se cuenta con los lotes enviados por el Ministerio de Salud nacional.
A continuación, los grupos convocados a la vacunación contra el coronavirus:
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Transporte público de pasajeros esenciales, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Personal de los servicios de justicia con atención al público, conforme establezcan las autoridades competentes.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad y comorbilidades, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
- Personal de Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
- Personal bancario con atención al público.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Personal de hoteles, restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario.
- Actividad minera de proceso continuo.
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa PEN N° 429/20.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Actividad registral nacional y provincial.
- Personal de organismos de recaudación.
- Servicios postales y de distribución de paquetería. El comercio por vía electrónica (e-commerce) en modalidad de entrega a domicilio o delivery.
- Personal de servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal con atención al público. Autoridades de Gobierno nacional, provincial y municipal.