San Juan
Nuevas medidas en San Juan: cambian los horarios de circulación nocturna
El Gobierno comunicó los nuevos protocolos que entrarán en vigencia a partir de este mismo viernes. Los bares podrán abrir más tiempo. Todos los cambios en esta nota.
A partir de este viernes, entran en vigencia las nuevas medidas establecidas por el Gobierno de San Juan en el marco de pandemia por el Covid 19. En un comunicado oficial, informaron que cambian los horarios de circulación nocturna. De este modo, quedará restringida la circulación en todo el territorio de lunes a domingo de 04:00 a 06:00 horas, salvo personas exceptuadas.
De este modo, extendieron también el horario de atención y permanencia en bares, restoranes y locales nocturnos hasta las 3 de la madrugada para el ingreso de personas. El cierre total será a las 4. Además, aumentaron al 70% el factor ocupación, hasta 8 personas por mesa.
Las demás medidas implementadas:
- El transporte público queda habilitado para la totalidad de los pasajeros sentados, hasta 20 personas de pie y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.
- Los Servicios fúnebres de personas no fallecidas por COVID 19, deben realizarse con aforo del 70% de la capacidad de la sala.
- Celebraciones de culto comunitarias: hasta 70% de capacidad, con una diferencia horaria mínima de 30 minutos entre celebraciones.
- Supermercados, comercios minoristas de cercanía, quioscos, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionan de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.
- Shopping y Galerías comerciales: *habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua*, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.
- Patios de juegos: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, de acuerdo a los protocolos presentados y aprobados por la autoridad competente. No se habilitan los juegos inflables (tipo castillos o similares), peloteros o atracciones dónde no se pueda implementar o mantener el distanciamiento físico y saneamiento.
- Resto de comercios: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación.
- Mercado Concentrador de Rawson y Capital: con factor de ocupación de hasta el 70%, habilitado de lunes a domingo.
- Ferias Artesanales: habilitadas de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación, 3 metros de distancia entre los puestos.
- Clubes sociales, cines, teatros, y comercios similares, habilitados de lunes a domingo, con horario de 07 a 03 hs., 04 hs. cierre total, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, respetando los protocolos vigentes.
- Quedan habilitados los eventos gastronómicos en salones de eventos o similares: hasta 70% de capacidad. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.
- Los espectáculos culturales, artísticos o deportivos que superen la cantidad de 200 personas, deberán contar con la autorización del Comité Covid, tramitada a través del área correspondiente. Para la autorización, deberán presentar previamente los protocolos necesarios.
- Se habilitan las reuniones sociales y familiares en domicilios particulares de hasta DIEZ (10) personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta VEINTE (20) personas en total.
- Se habilita la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados, con un aforo del 70%, de lunes a domingo. Las prácticas pueden durar hasta una hora, con desinfección entre turnos. Deben mantener cerrados vestuarios y duchas.
- Habilitación de deportes recreativos al aire libre: de lunes a domingo, en espacios públicos y circuitos establecidos, respetando los protocolos vigentes, y distancia social con acompañamiento de grupos en “burbuja”.
- Habilitación de actividades deportivas comerciales, de lunes a domingo, al 70% del factor ocupacional, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.
- Se habilita el turismo interno en todo el territorio de la provincia, en el marco de lo previsto por artículo 4º, inciso a) del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 494/2021 y por artículo 3º de la Decisión Administrativa 723/2021, dejando la potestad a cada Intendente Departamental para establecer la modalidad de implementación, con estricto cumplimiento de los protocolos de prevención de COVID 19 aplicables a la actividad turística.
- Las autoridades pidieron a las personas seguir apelando a la responsabilidad individual, social y la colaboración de los sanjuaninos con las medidas dispuestas por el Ejecutivo.
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