La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) presentó novedades para aquellos que no estén registrados en los impuestos de Ganancias o Bienes Personales, permitiéndoles solicitar el reembolso del 35% de impuestos pagados por compras en moneda extranjera. Este beneficio abarca servicios en línea como plataformas de streaming y música, incluyendo a gigantes como Netflix, Amazon Prime Video, HBO o Spotify, y puede gestionarse a través del sitio web de la AFIP.

Proceso para Solicitar el Reintegro:

1. Ingresar a la web de AFIP con CUIT y clave fiscal.
2. Seleccionar "Devolución de percepciones".
3. Elegir entre consultar o cargar manualmente. Para cargar, seleccionar "Nuevo", ingresar año y mes (AAAAMM), y aceptar.
4. Verificar y presentar la percepción a devolver.
5. Descargar el comprobante.

Es importante señalar que la AFIP puede tardar hasta 60 días hábiles en procesar la solicitud. Para consultar el estado de la solicitud, se debe volver a "Devolución de percepciones" y presionar "Aceptar" en "Buscar".

¿Qué Pasa con el Ahorro en Dólares?

Además, la AFIP habilitó la opción para solicitar la devolución de las percepciones de Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólar ahorro y gastos en el exterior realizados durante el 2023. Este trámite, realizado de forma online, permite pedir la devolución del 35% del adelanto a cuenta del Impuesto a las Ganancias por la compra de dólares y servicios en el exterior.

¿Quiénes Pueden Solicitar la Devolución?

Según la Resolución 4815, podrán solicitar la devolución del 35% los contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos:

- No estén inscritos en el impuesto a las ganancias ni les corresponda realizar la inscripción.
- Estén inscritos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
- No estén inscritos en el impuesto sobre los bienes personales ni les corresponda realizar la inscripción.
- Estén inscritos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
- Trabajen en relación de dependencia y no sean sujetos de retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
- Trabajen en relación de dependencia y, siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.

¿Cómo Solicitar la Devolución de la Percepción?

Antes de realizar el trámite, los interesados deben contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior. Además, deberán informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria para la devolución. Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá ingresar al servicio "Devolución de percepciones" con clave fiscal nivel 2 o superior y seguir los pasos para visualizar y seleccionar las percepciones a devolver.