Hace unas semanas, a raíz del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Poder Ejecutivo Nacional ordenó la suspensión de los servicios de transporte de pasajeros interurbano de larga distancia y limitó la ocupación de los servicios urbanos, ya sean colectivos, trenes o taxis. 

En este marco, el Ministerio de Salud indicó la posibilidad de disponer de excepciones para el traslado de personas que se encuentren varadas, lejos de sus domicilios, sobre todo si se tiene en cuenta que -con el correr de las semanas- se fue ampliando el listado de actividades consideradas esenciales, incluyendo el transporte de mercadería, combustible, residuos, caudales, paquetería y rubros vinculados al comercio exterior y a la distribución agropecuaria, entre otros. 

Por ello, el Ministerio de Transporte "entendió necesario diferenciar aquellos traslados solicitados para atender obligaciones laborales y/o servicios expresamente excluidos del aislamiento social, preventivo y obligatorio de aquellos traslados fundados en razones humanitarias". En consecuencia, en la Resolución 90/2020, publicada ayer en el Boletín Oficial, estableció un protocolo para llevar a cabo su implementación. 

En el caso de ciudadanos argentinos o extranjeros que residan en el país que necesiten trasladarse por razones humanitarias, la solicitud, explicando los motivos del viaje, deberá ser dirigida a la Subsecretaría de Transporte Automotor por la autoridad pública (intendente o gobernador) del punto de origen del traslado, indicando fecha y hora del mismo, cantidad de personas a transportar adjuntando nómina con nombre, apellido y documento de cada uno de ellos, origen, destino y paradas del servicio. 

"Deberá dejarse expresa constancia de que los pasajeros han sido evaluados respecto de su estado de salud, en lo que refiere al Covid-19", se enfatizó a modo de prevención.