Esta mañana de este 16 de noviembre figuró en el Boletín Oficial la nueva normativa que regulará cuanto polvo y palo llevará la yerba mate. Esto generó que a través de la Resolución 379/2020, se comenzará a regular esos dos elementos con el fin de mejorar la calidad del producto. Este proyecto nació con la noción de que la yerba es uno de los productos más consumidos en la Argentina y es casi un emblema de la cultura nacional.

Esta medida tiene el objetivo de obtener un “producto de buena calidad” y asegurar la “inocuidad” del mismo. Este nuevo reglamento de control de calidad fue aprobado por el Instituto Nacional de la Yerba Mate. Ellos fueron quienes establecieron las medidas exactas que debe contener de palo. Por lo que indicaron: “el análisis realizado de una muestra, debe arrojar un resultado de porcentaje total de palo, incluida la fibra cruda, que no sea superior al 35,0%“.

En esta línea también se agregó que los productores deberán informar la cantidad de “palo de descarte” que tienen en sus establecimientos y el destino que le dan. Por otra parte también se añadió que se deben cumplir con ciertas normas en el empaquetado y producción de la yerba mate. Además, este documento afecta a “todos los operadores que efectúen tareas de recepción, transporte y/o secado de hoja verde”.

“Los resultados de análisis de laboratorio de las muestras de yerba mate, evidencian a través de los años, un incremento en el porcentaje de polvo de palo“, afirma la nueva resolución. Así también se indica que este alimento no puede “estar alterado” y tiene que “estar prácticamente libre de materias extrañas”. Por último se detalló en el boletín oficial la importancia de cuidar los procesos productivos de estos productos. En este sentido agregó: “resulta necesario exigir que la yerba mate canchada que se comercialice en el país cumpla con especificaciones microbiológicas”.