Este martes, medios chubutenses dieron a conocer que la Fiscalía Federal de Esquel, apeló junto a querellantes la absolución de cuatro gendarmes por la muerte de Santiago Maldonado. Que ocurrió en agosto de 2017 en medio de una protesta en la provincia patagónica.

En este caso , la apelación está dirigida al fallo del juez federal, Gustavo Lleral, quien desvinculó a los gendarmes luego de estar siendo investigados durante años. La apelación la firmó el juez Santiago Roldán junto con los querellantes que son, la familia de Maldonado, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Comisión por la Memoria.

Por lo que a partir de este martes, será el juez Lleral quien evaluará si concede las apelaciones para que sean evaluadas por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, aunque, en caso de no hacerlo, los apelantes pueden ir “en queja”.

Al mismo tiempo en este proceso judicial, quedó pendiente una queja de la familia de Maldonado contra el juez Lleral ante la Corte Suprema de Justicia. Ya que, en virtud de una presentación en la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la responsabilidad del Estado Argentino en la “desaparición forzada”, entiende la familia hubo del joven en aquellos episodios.

Cabe mencionar que según fuentes oficiales, a Maldonado se lo vio por última vez el 1° de agosto de 2017 y su cuerpo apareció recién el 17 de octubre de ese año. Por lo que la sospecha siempre estuvo sobre el accionar de la Gendarmería Nacional, porque ese 1° de agosto se llevó adelante un operativo en la comunidad Pu Lof en Resistencia Cushamen, en la Ruta 40, la cual era ocupada por la comunidad mapuche.

Por tal motivo, cuatro gendarmes fueron acusados y hace unas semanas sobreseídos. Se trata de el gendarme Emmanuel Echazu, investigado por desaparición forzada de persona, y también sobre Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra, estos tres últimos acusados por los delitos de daño, abuso de autoridad y omisión de deberes de funcionario público.

Por su parte, el magistrado evaluó que la Gendarmería no detuvo en ese operativo ni a Maldonado ni a ninguna otra persona y también que haya sido llevado a algún lugar por la fuerza de seguridad.

Sin embargo, en la autopsia realizada el 20 de octubre de 2017 se constató que el joven murió por asfixia por sumersión y que su ingreso a las frías aguas del Río Chubut fue cuando estaba con vida. Maldonado no sabía nadar y las bajas temperaturas de las aguas atrofiaron su cuerpo y hasta se especula con la supuesta pérdida de consciencia.

“Debo tener por probado que Santiago Andrés Maldonado falleció en el Río Chubut, a la altura del predio ocupado por la comunidad denominada Pu Lof en Resistencia Cushamen, en la hondonada de aproximadamente más de 2 (dos) metros de profundidad en la que se sumergió el 1° de agosto de 2017; y que su cuerpo sin vida permaneció ininterrumpidamente allí hasta que fue hallado el 17 de octubre de 2017, primero sumergido en el fondo del lecho y, pocos días antes de su rescate, flotando en la superficie de ese curso de agua”, concluyó el juez en su extenso fallo.