En diciembre del 2023, el presidente Javier Milei  publicó un Decreto de Necesidad y Urgencia donde habilitaba el expendio de analgésicos como antiácidos de parte de personal no matriculado. Tras la queja formal del Colegio de Farmacéuticos de Mendoza, la Justicia actuó al respecto y anuló la disposición.

. De esta forma hizo lugar a un recurso de amparo que había presentado el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza.

El fallo suspendió los artículos del mega decreto firmado en diciembre por el presidente Javier Milei.

Estos artículos permitían la venta de medicamentos de “expendio libre” en establecimientos no especializados, como kioscos. La medida cautelar del Juzgado Federal restituye así la plena vigencia del artículo 1 de la ley 17565 de 1967, que restringe la venta de estos medicamentos exclusivamente a farmacias. Esta decisión judicial es parte de una serie de acciones legales impulsadas por colectivos de farmacéuticos que alegan que la desregulación afecta puestos de trabajo y derechos laborales, sanitarios y sindicales.

En enero el Gobierno publicó el decreto 63/2024 que comenzó a reglamentar el DNU 70/2023 en lo referido prescripción de medicamentos y su comercialización. Allí se estableció que en “los establecimientos que no sean habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y analgésicos”. Con la medida judicial esta disposición quedó suspendida.