Ya rige el reintegro de 15% para AUH y jubilados
La devolución se aplica a las compras con débito de las cuentas donde se reciben su beneficio. Habrá un tope de hasta $700 mensuales por beneficiario y de $1.400 por grupo familiar.
Desde este 1 de marzo rige un sistema de devolución del 15% para las compras con tarjetas de débito que realicen los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y los jubilados que cobren el haber.
De acuerdo con lo establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el Régimen de Reintegro a Sectores Vulnerados es del 15% y se aplicará a las compras que se hagan con las tarjetas de débito de las cuentas donde se acreditan sus beneficios.
La devolución tendrá un tope mensual de hasta $700 por beneficiario y de $1.400 por hogar. Estarán excluidos del beneficio quienes cobren otros ingresos que estén declarados en el Impuesto a las Ganancias y/o en el monotributo.
Además quedó establecido que sí recibirán la devolución los monotributistas adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción de Trabajo Independiente; los inscriptos en el Régimen Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social; y los adheridos al Régimen Simplificado Especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té.
“Estamos trabajando con los listados del padrón de la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) de todos los titulares de la AUH y de jubilación mínima, que se los daremos a las administradoras de las tarjetas de débito. Esperamos más adelante incorporar a los usuarios de la tarjeta alimentaria”, indicó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont al anunciar la medida.
De acuerdo a proyecciones de la AFIP, esta política tendrá un costo fiscal de aproximadamente $5.000 millones mensuales y que el beneficio alcanzará a aproximadamente 7,1 millones de personas.
Los bancos deberán hacer el reintegro dentro de las 24 horas hábiles después de hecha la operación de compra si se hubiera realizado entre las 0 y las 17, y dentro de las 48 horas hábiles si se realizara después de las 17.
De acuerdo con lo establecido por la AFIP, el programa estará vigente entre el 1 de marzo y el 31 agosto de 2020, aunque podrá ser prorrogado.
Fuente: Cadena3