El pasado lunes el abogado defensor de Patricia Coria y su hija Natalia Pablo, presentó un pedido de nulidad ante las autoridades judiciales. El argumento es que desde el Ministerio Público Fiscal no respetaron el plazo de 48 horas para la presentación de pruebas. A raíz de ello la audiencia se trasladó a este miércoles donde el letrado volvió a insistir en lo mismo.

Se trata del caso por presunta Facilitación y Promoción de la prostitución dentro de la estética llamado EROS. Las dos acusadas son la propietaria de este establecimiento y su hija, quienes están siendo defendidas por Leonardo Villalba. Luego de que el pasado lunes una audiencia se suspendiera por el pedido de nulidad del abogado, este miércoles se retomó pero sólo por algunos minutos.

Esto se debe a que Villalba hizo el siguiente planteo: 'Solicito la suspensión de la presente audiencia hasta tanto no se agoten los plazos de la vía recursiva sino sería un atropello para los derechos que tiene esta defensa en juicio. También se estaría violando el debido proceso y el principio de legalidad que están establecidos en la Constitución Nacional'.

Frente a este planteo desde el Ministerio Público Fiscal respondieron que según el artículo 377 del Código Procesal Penal, no se enumeran situaciones como las que planteó la defensa. 'En el inciso primero dice que: una cuestión incidental por su naturaleza no se puede decidir inmediatamente. Esto ya fue resuelto en la audiencia anterior donde el tribunal dio su decisión negativa', manifestaron.

Antes esta situación los miembros del tribunal se tomaron un cuarto intermedio de 15 minutos para decidir que hacer frente al planteo de Villalba. Luego de ese lapso las autoridades volvieron a rechazar el pedido del abogado defensor, tomando la decisión de retomar el curso normal de la audiencia de debate pactada para este miércoles.

Frente a esta nueva negativa, Villalba continuó manteniendo su posición, tratando de conseguir la suspensión de la audiencia de debate a toda costa. 'Atento a lo resuelto vamos a articular el recurso de queja del artículo 533, el cual procede cuando es negado indebidamente un recurso. Procede ir ante otro tribunal a fin de que lo declare mal denegado. Volvemos a insistir en la suspensión del debate ya que hay una incidencia planteada como el recurso de queja', expresó.

Finalmente el tribunal decidió nuevamente rechazar el pedido de Villalba, como sucedió con los anteriores, por lo que la audiencia de debate se desarrolló con total normalidad como estaba pactada desde un principio.