Angaco: la Justicia ordenó reincorporar temporalmente a 25 trabajadores municipales
La cautelar remite a la orden del intendente Castro que ordenó las bajas. Fue la Sala I de la Cámara Civil quien hizo lugar a la cautelar planteada por el gremio SUOEM, que los defiende.
La Sala I de la Cámara Civil, integrada por los jueces Sergio Saffe y Abel Soria, resolvió hacer lugar a una medida cautelar presentada por el gremio municipal SUOEM, ordenando la reincorporación de 25 trabajadores que habían sido dados de baja por un decreto del actual intendente de Angaco, José Castro. La decisión suspende temporalmente la ejecutoriedad del acto administrativo del jefe comunal, permitiendo que los empleados retornen a sus funciones en planta permanente, hasta que se resuelva la cuestión de fondo planteada en un amparo.
La medida revoca un fallo previo de la jueza del Séptimo Juzgado Civil, Vilma Balmaceda, quien había rechazado el planteo sindical. Según trascendió, la sentencia de Cámara fue dictada el pasado 23 de diciembre, pero se conoció públicamente ayer.
El conflicto se originó cuando el intendente Castro anuló un decreto de su predecesor, Carlos Maza, que había dispuesto el pase a planta permanente de un grupo de empleados. De los 28 trabajadores desafectados, 25 acudieron a la Justicia con el respaldo del sindicato.
Al evaluar la medida cautelar, los camaristas sostuvieron que el decreto de Maza cumplía con los requisitos esenciales de un acto administrativo y que había sido dictado para cubrir vacantes existentes en la planta de personal generadas por jubilaciones o renuncias, en concordancia con la normativa administrativa provincial.
En contraste, el decreto de Castro que anuló esos nombramientos presentó irregularidades significativas, según los jueces, entre las que destacaron:
- Ausencia de dictamen jurídico previo: Saffe y Soria subrayaron que este requisito es esencial para garantizar la legalidad de cualquier decisión administrativa. La omisión del asesoramiento jurídico constituye, según ellos, "una gravedad inadmisible" debido al impacto negativo que genera en los derechos de los trabajadores.
- Relevancia del dictamen no vinculante: Aunque el dictamen jurídico no tiene carácter vinculante, su ausencia pone en duda la validez del decreto de Castro, ya que afecta la formalidad y legalidad del proceso decisorio.
Los magistrados aclararon que su resolución se limita al análisis de la medida cautelar, por lo que la cuestión de fondo, es decir, el amparo presentado por SUOEM, deberá ser analizada con base en elementos probatorios más amplios.
Con la cautelar en vigor, los 25 empleados municipales deben ser reincorporados de manera inmediata a sus funciones en planta permanente, con las condiciones laborales y salariales que les otorgaba el decreto de Maza. Si la sentencia definitiva del amparo resulta favorable al sindicato, los trabajadores quedarán confirmados en sus puestos. En caso contrario, podrían ser desafectados nuevamente si se valida la actuación del intendente Castro.