El pasado lunes el fiscal general de San Juan dio a conocer su filosa opinión acerca de la seguridad en Tribunales, poniendo de ejemplo el suicidio ocurrido el 17 de octubre. En ese escrito responsabilizó a los magistrados que dejan en libertad a personas 'jugadas' hasta que la sentencia quede firme. En ese mismo sentido, desde la entidad que nuclea a los fiscales en la provincia, se expresaron en el mismo tono asegurando que estas situaciones 'las permiten los jueces'.

Fabricio Medici, presidente del Colegio de Fiscales de San Juan, pasó por Banda Ancha para hablar acerca de este polémico tópico que estalló luego de que un condenado por abuso se quitara la vida en el palacio de Tribunales. Acerca de esto se mostró complemente en contra de que una persona condenada a una pena de cumplimiento efectivo que libre de manera 'temporal'.

'La jurisprudencia actual de la Corte de Justicia se enrola en la posición de Fiscalía, los que están permitiendo esto son jueces y parte del Tribunal de Impugnaciones, digo parte porque el Dr. Daniel Guillén se enrola en la posición de Fiscalía. La prisión preventiva es una medida cautelar que tiene por objeto evitar fuga y entorpecimiento, estos jueces interpretan que bajo ciertos parámetros esa medida cautelar no rige', expresó.

Seguidamente Medici remarcó que si bien el caso que hizo llegar a la opinión pública esta situación, fue el sonado suicidio, ellos vienen manteniendo esta posición desde un principio. Siempre se manifestaron en contra de este lapso de libertad que tienen los condenados, registrando un peligro de fuga constante. 

'El punto de inflexión fue este caso pero esto venimos advirtiéndolo desde hace mucho tiempo. Desde el MPF desde que se puso en vigencia el Sistema Acusatorio en febrero de 2021, siempre tuvimos una posición coherente y no vacilante. Siempre nos pareció una aberración que una persona condenada a una pena de cumplimiento efectivo, pudiera estar en libertad en el interín que esa causa transitara diversas instancias con motivo de recurso. Solicitamos siempre que una vez que una persona es condenada a una pena de cumplimiento efectivo, se dicte una prisión preventiva hasta que quede firme', explicó.

Por último, manifestó que lo que ocurrió con este hombre condenado por abuso y al que se lo estaba vinculado a una nueva causa similar, era esperable. Sobre esta situación señaló que la situación cambia rotundamente cuando una persona considera la posibilidad de ser encontrada culpable a cuando ya tiene la certeza de que terminará recluido en el Penal de Chimbas.

'Cuando una persona que concurre a un juicio oral en libertad y se lo condena a una pena de prisión efectiva, siempre Fiscalía solicita la prisión preventiva y no por capricho sino porque el riesgo de fuga aumenta. Eso es algo que lo dice la doctrina y la jurisprudencia de nuestra Corte de Justicia en particular. ¿Por qué se acrecienta el riesgo de fuga? porque una cosa es una persona sometida a proceso en los albores de una investigación judicial y otra cosa es una persona condenada con condena no firme, son cosas totalmente distintas. La presunción de inocencia se debilita y el riesgo de fuga se debilita', detalló.