Este jueves, quedó aprobada la Ley de juicios al Estado. La nueva norma, que se basa en la ley nacional, contempla modificaciones, por lo que cuenta con una impronta sanjuanina, según explicó en rueda de prensa el diputado oficialista, Juan de la Cruz Córdoba en horas de la mañana.

'Hemos venido a pedido del señor Gobernador, mediante Asesoría Letrada de Gobierno, a dar un marco jurídico a la provincia por cuanto tomamos como base la medida la articulada de esta Ley nacional, pero hemos modificado algunos artículos para darle una impronta propia y consideramos que es mejor para el Estado sanjuanino esta redacción que hemos sancionado', explicó el diputado oficialista.

En cuanto a las modificaciones respecto a la Ley Nacional, el legislador señaló que en el artículo primero prohíbe cualquier tipo de sanción conminatoria, cualquier tipo de interés o multa para funcionarios del Estado cuando incumplen con un deber que le impone un juez. En el caso de la versión local de la ley, permite que sean sancionados los funcionarios que no cumplen con su deber en su rol de trabajadores del Estado.

Además, modificaron la redacción del artículo 6 de la Ley Nacional que dice que el Estado provincial va a hacer responsable subsidiariamente de los concesionarios en la medida que se determine que ha habido omisión por parte del Estado provincial en su función de control.

Otra de las modificaciones aprobadas por los diputados locales, permite que cuando el Estado provincial pueda repetir en contra de un tercero o un funcionario que haya cometido un acto por el que el Estado deba pagar que se pueda repetir en contra de este tercero, esta persona que obliga al Estado a pagar por mecanismos bien rápidos que provee el Código Procesal Civil y Comercial en el artículo 131.