Monotributo: Se podrán recategorizar aquellos que no pudieron hacerlo en enero
Será una medida excepcional la cual será habilitada a través de la nueva plataforma de Presentaciones Digitales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) abrió una ventana para aquellos monotributistas que no por alguna razón no pudieron recategorizarse. Aunque aún no se produjo un anuncio oficial por parte del organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont, asesores tributarios y contadores comenzaron a hacer correr la noticia, según publicó Ámbito Financiero este lunes.
Sin embargo, aclararon que los contribuyentes en esta situación que deseen realizar la operación deben fundamentar mediante una presentación, porque no pudieron hacerla en enero, que es otro momento durante el año en que los que pertenecen al Régimen Simplificado pueden cambiar de categoría. Además deberán adjuntarle la documentación que justifique la modificación.
La ventana quedó abierta en el nuevo espacio que dispuso la AFIP en su sitio web. Se trata de la plataforma “Presentaciones Digitales”, que incluyó una treintena de diligencias que las personas o las empresas tenían que hacer de manera presencial en las agencias del organismo recaudador. La medida fue adoptada para mantener el aislamiento social obligatorio en las agencias del organismo, en el marco de las medidas para combatir al Covid-19. Entre los trámites que se pueden hacer a la distancia se incluyó la posibilidad de una recategorización para monotributistas.
Yanina Rocco, asesora y consultora en temas tributarios, comentó en una entrevista brindada a Ámbito Financiero, que esta chance, con sus limitaciones, “puede beneficiar a muchos contribuyentes”. Sucede que puede tratarse de personas que están en el régimen simplificado que no lograron hacer el trámite de recategorización a la baja en su momento y ya registraban una caída fuerte de facturación durante 2019 antes de que comenzara la debacle económica provocada por la pandemia coronavirus. Ahora tendrían una oportunidad de regularizar su situación, anotarse en una categoría más baja y pagar menos.
Rocco explicó que “es importante tener presente que aquellos contribuyentes monotributistas que quieran presentar este trámite a través del servicio web ‘modificación de categoría a una inferior a la actual’ deben manifestar una causa determinante que impida esperar al período de recategorización que ocurre en enero y junio de cada año y la cual fundamente el motivo por el que no han podido realizar la recategorización en forma oportuna”.
La contadora agregó que “asimismo deberán adjuntar en esta presentación digital aquella documentación que justifique la modificación, la cual podría ser extractos bancarios, documentos y comprobantes respaldatorios de compras, ventas, gastos, ingresos, entre otros”.