La cédula verde, el documento que acredita la titularidad de un vehículo en Argentina, pasa por cambios importantes que simplifican su uso tanto para los propietarios como para los conductores autorizados. 

Desde abril de este año, la Agencia Nacional de Seguridad Vial estableció que esta cédula, además de ser válida en formato digital, ya no tiene fecha de vencimiento siempre y cuando no se modifique la titularidad del vehículo. Esta medida, publicada en la Disposición 29/2024 del Boletín Oficial, convierte a la cédula verde en el único documento necesario para que terceros puedan conducir un vehículo de manera autorizada, eliminando la necesidad de la cédula azul, que antes era obligatoria para los conductores no titulares.

Con esta disposición, los titulares pueden validar la cédula verde en el Sistema Integral de Trámites Electrónicos, facilitando el acceso a través de la aplicación Mi Argentina. Este avance permite que la cédula verde sea consultada y presentada desde dispositivos móviles, lo cual representa un cambio significativo en la burocracia vehicular. Para autorizar a un tercero, el propietario debe ingresar al portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con su clave fiscal, seleccionar el dominio del vehículo y registrar al conductor autorizado mediante su CUIT, CUIL o CDI. Esto le permitirá al tercero visualizar la cédula verde en su perfil digital de Mi Argentina, haciéndolo así completamente válido para manejar el auto.

¿Qué pasa con la cédula azul?

Con la nueva disposición, la cédula azul dejó de ser necesaria. Anteriormente, esta permitía que los terceros condujeran el vehículo con una autorización específica, sobre todo cuando la cédula verde había vencido. Sin embargo, al no tener ahora fecha de caducidad, la cédula verde suple esa necesidad, simplificando el proceso para propietarios y conductores ocasionales. Las cédulas azules y verdes emitidas con fecha de vencimiento seguirán siendo válidas hasta que los propietarios decidan revocarlas.

Documentación obligatoria para circular

A pesar de la simplificación en la autorización de terceros, la Agencia Nacional de Seguridad Vial recuerda que ciertos documentos siguen siendo obligatorios para circular en el país y deben presentarse en caso de un control de tránsito:

• Documento Nacional de Identidad (DNI)
• Licencia Nacional de Conducir
• Cédula verde, si el conductor no es el titular del vehículo
• Comprobante de seguro vigente
• Constancia de RTO o VTV
• Pago de patente al día
• Oblea de GNC vigente para vehículos con equipo instalado
• Chapas patente visibles y en buen estado
• Matafuegos vigente y balizas triangulares
• Grabado de autopartes

Multas de tránsito en noviembre 2024

Además, las sanciones por infracciones de tránsito se mantienen y presentan valores específicos según la infracción cometida. Estos son algunos de los montos actualizados:

• Conducir sin licencia: 50 UF o 31.510 pesos
• No usar cinturón de seguridad: 100 UF o 63.020 pesos
• Usar el celular: 100 UF o 63.020 pesos
• Enviar mensajes de texto: 200 UF o 126.040 pesos
• Exceder el límite de velocidad máxima (más de 140 km/h): desde 400 a 4.000 UF (desde 252.080 a 2.520.800 pesos)
• No respetar la velocidad mínima: 70 UF o 44.114 pesos
• Cruzar un semáforo en rojo: desde 300 hasta 1.500 UF, o desde 189.060 a 945.300 pesos
• Estacionar en espacios reservados o rampas para personas con movilidad reducida: 300 UF o 189.060 pesos
• Facilitar el vehículo a un menor: 200 UF o 126.040 pesos

La actualización de la normativa en torno a la cédula verde pretende simplificar el proceso de autorización de terceros y brindar una mayor practicidad en el uso de documentos digitales, contribuyendo a una mayor transparencia y facilidad en los controles de tránsito.