15 meses de prisión para un jachallero que golpeó a su pareja
Una mujer de 20 años fue la víctima del sujeto condenado por la justicia de San Juan
Este lunes, el Juzgado de Flagrancia llevó a cabo una audiencia de unificación de condenas en el caso de Rodrigo Nahuel Pereyra, imputado por lesiones leves en contexto de violencia intrafamiliar y daño. El fiscal a cargo, Dr. Alberto Martínez, logró la revocación de una condena condicional anterior, quedando como pena única 15 meses de prisión de cumplimiento efectivo.
El caso se originó el pasado 3 de diciembre, alertaron sobre una agresión en una vivienda ubicada en Av. Santiago Funes, entre calles San Martín y Rivadavia. Según el informe policial, una mujer de 20 años, identificada como D.B.M.B., estaba siendo violentada físicamente por su pareja, Rodrigo Pereyra.
Ante la falta de móviles policiales disponibles en la Comisaría N.º 21, el personal de la Brigada de la UFI del Norte se presentó en el lugar, encontrando a la víctima fuera del domicilio, llorando y angustiada, con un niño en brazos. La mujer relató que Pereyra la golpeó con un puño en el rostro y le propinó patadas en la espalda, cintura y brazos mientras la mantenía en el suelo. Tras evadir la agresión, logró salir del hogar con su hijo.
Cuando la mujer regresó a la vivienda acompañada por el personal policial, constató daños materiales significativos, incluyendo la rotura de armarios en distintas habitaciones, un caloventor y un espejo, además del desparramo de su ropa interior en el fondo del inmueble.
Durante la intervención policial, Pereyra salió del domicilio y fue reconocido y señalado por la víctima. Inmediatamente, el agresor fue aprehendido por los agentes presentes y trasladado a la Comisaría N.º 21.
Pereyra ya había sido condenado en el departamento de Jáchal a 3 meses de prisión efectiva por otro caso de violencia. Además, el 5 de diciembre, fue sentenciado en Flagrancia a 1 año de prisión condicional. Durante la audiencia de unificación, se revocó esta última pena condicional, y ambas condenas fueron unificadas en una sola pena de 15 meses de prisión efectiva, conforme a los artículos 27 y 58 del Código Penal Argentino.