La defensa repudió las sanciones del Colegio Médico a las enfermeras objetoras de conciencia
La abogada Mónica Lobos, recurrió a la propia ley 27.610 sobre el derecho de abstenerse de asistir en un aborto, "lo que estas trabajadoras piden que se les respete un derecho que ya habían anunciado por escrito", expresó la letrada.
Durante la tarde d este martes, en comunicación con Compacto 13, la abogada Mónica Lobos, habló sobre la polémica en torno a un caso de objeción de conciencia de dos enfermeras que presaba asistencia en una Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE). El hecho ocurrió el pasado 12 de septiembre en una clínica privada en calle Catamarca y Santa Fe y las profesionales fueron sancionadas por el Colegio Médico.
Por estas disposiciones la abogada se expresó en defensa de las trabajadoras de la salud, “lamentablemente tenemos que repudiar al Colegio Médico y a los directivos de este senatorios que parece que desconocen la constitución y los derechos”. En este sentido, Lobos dijo que las dos enfermeras hicieron uso de la objeción de conciencia para una práctica directa en la intervención médica, que está contemplada en la ley 27.610. “Lo que estas trabajadoras piden que se les respete un derecho que ya habían anunciado por escrito, lo habían hecho en este sanatorio y también en el hospital público”, declaró la letrada.
La jurista apuntó contra el desconocimiento del marco legal y califico las sanciones como un acto de violencia institucional contra las enfermeras. “Acá se ve vulnerado el ejercicio libre de la profesión conforme a sus principios éticos. Hubo una violencia institucional ejercida a estas trabajadoras ya que una que a ha ingresado recientemente a la institución por miedo a perder su trabajo debió doblegar sus convicciones más íntimas y asistir a la médica en la práctica directa del aborto químico”.
Aclaró que en ningún momento se hizo abandono de la paciente ni que se obstruyó la IVE, “han tomado la temperatura, han medicado cuando fue necesario porque la paciente presentaba un cuadro de fiebre elevada. Ellas la han asistido. A la única práctica a la que se han negado, justamente por su objeción de conciencia es específicamente al aborto químico”.
Respecto de las sanciones, aseguro que serán impugnadas, aunque no se quedaran todo ahí, “también estamos estudiando las medidas judiciales próximas a seguir”, dijo Mónica y continuó, “acá hay una lesión, no solo estaban siendo apartadas con estas medidas de suspensión, sino que pierden sus haberes en estos días, también se mancha un legajo impecable aludiendo que hay una falta de asistencias a la paciente”.