Tenencia "irresponsable": Sólo 200 perros peligrosos registrados con la nueva ley
A pesar de que hay una ley para registrar con un chip a los animales potencialmente peligrosos, todavía no se han logrado grandes resultados.
A principios de este año 2021 se sancionó en la provincia de San Juan la Ley 2190 L, Ley de Tenencia Responsable de Perros Potencialmente Peligrosos. La misma tiene como novedad respecto a otra norma que ya existía en cuanto a la tenencia responsable, la registración de las mascotas que por sus características físicas pueden con su ataque dañar y hasta causar la muerte a personas y otros animales.
Alejamdra Cano es la Coordinadora del Programa Acompañame y explicó el funcionamiento de la norma recientemente sancionada, que si bien ha despertado interés en los propietarios de perros no se han logrado grandes resultados hasta el momento. Sólo se han registrado 200 animales potencialmente peligrosos cuando en realidad en la provincia hay miles con las características encuadradas dentro de esa categoría.
Cano destacó que quienes tienen este tipo de mascotas deben acercarse por las veterinarias autorizadas para colocarle al perro un chip que tiene un valor promedio de $1500, luego se registran en la Secretaría de Medio Ambiente, Programa Acompañame, para completar el trámite correspondiente. Por otro lado quienes observen que haya vecinos que tengan perros de este tipo que ocasionen problemas pueden hacer las denuncias correspondientes a cualquier sede policial. De esta manera se activan controles para la aplicación de la ley vigente.
El programa de registro de animales peligrosos surgió en la provincia en el año 2017 por algunos casos que comenzaron a observarse con frecuencia. En ese momento se creó el Registro de Tenencia Responsable de Animales de compañía analizando que "quienes tenemos que hacernos responsables por nuestros animales somos nosotros los ciudadanos", dijo la funcionaria.
El programa está basado en cuatro pilares, Educación (cambiar la forma de pensar para cambiar la forma de actuar), Legislación, Esterilización y Rescate (destinado a los animales en situación de calle). En ese momento se le llama la Ley 2005 L, Ley de Tenencia Responable de Animales de Compañía, ahí se determinan cuáles son las obligaciones que tienen los propietarios de caninos y felinos además de tener una parte sancionatoria para quienes incumplan las obligaciones establecidas por la ley. Después vino la ley recientemente sancionada que está en plena vigencia en la provincia.
Ley Lara
Se sancionó en la provincia de San Juan la Ley Nº 2190-L, también conocida como Ley Lara, de Tenencia Responsable de Perros Potencialmente Peligrosos.
Esta Ley tiene como objetivo regular el control, registro y protección de perros potencialmente peligrosos, para garantizar la preservación de la vida y la integridad física de personas y animales; y los derechos y obligaciones de los propietarios, tenedores o guardadores responsables y de los criaderos de perros potencialmente peligrosos.
En esta ley se establece que un perro potencialmente peligroso es aquel que por su contextura física, fuerza mandibular, capacidad de mordedura puedan causar la muerte o lesiones a personas y animales.
Entre las razas consideradas peligrosas se Los propietarios de dichos animales deben dirigirse a cualquiera de las veterinarias autorizadas para que le coloquen el chip de identificación a su perro.
El costo de la colocación del chip correrá por cuenta del propietario; además deberán contar con una constancia de colocación de chip con los datos del animal, del propietario y del veterinario actuante.
Con dicha constancia firmada por el propietario y el veterinario, el primero deberá dirigirse al 4to piso, núcleo 4, ingreso 4 del Centro Cívico, en horario de 7:30 a 12:30, donde se realizará la carga definitiva en el Registro Único de Propietario y le será asignado un número de Registro Provincial.
Este registro, permanecerá habilitado por un plazo de 90 días.
Creación de cuatro registros
Para cumplir los objetivos planteados en esta normativa, es que se ha creado cuatro Registros, que entran en vigencia a partir del día de la fecha, a saber:
- Registro de ONG. Allí constarán las entidades no gubernamentales con personería jurídica, que brindarán colaboración la autoridad de aplicación, en la implementación de las leyes vigentes en materia de tenencia responsable.
- Registro de Voluntarios. Se incluirá los datos de aquellas personas que, sin ánimo de lucro, manifiesten su voluntad de colaborar en campañas de difusión, educativas y proteccionistas, que determine la autoridad de aplicación.
- Registro de Hogares de Tránsito y Adopción. Mantendrá actualizada la información de los hogares de tránsito y adopción, a fin de su fiscalización, inspección y requerimientos por parte de la autoridad de aplicación.
- Registro de Comercios y Criaderos de Animales. Se mantendrá actualizada la información de los comercios de venta y cría de animales, a fin de su fiscalización, inspección y requerimientos de la autoridad de aplicación.