El represor Jorge Antonio Olivera volvió a ser noticia en las últimas horas por un polémico beneficio que la Cámara Federal de Casación Penal decidió que era momento de restituirle: la prisión domiciliaria.

Olivera, de 72 años, condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad, en el año 2021 había conseguido que le otorgaran prisión domiciliaria por medio de la Cámara de Casación. La decisión la adoptaron Carlos Gemignani y Eduardo Riggi. Se la concedieron porque tenía más de 70 años y por “cuestiones humanitarias”.

Pero para diciembre del año 2022, el represor utilizó una maniobra para salir de su hogar: presentó un certificado médico sin fecha, que había sido firmado por el cardiólogo Mario Caponetto, y cuyo objetivo, supuestamente, era salir a hacer actividad física. La fiscalía y el tribunal de San Juan advirtieron que era un nuevo acto de mala fe procesal y los jueces, por mayoría, decidieron revocarle la domiciliaria.

Pero el tema volvió a llegar a Casación y determinaron que se le restituyera el beneficio de la domiciliaria. La decisión de mandarlo a la casa fue tomada por dos integrantes de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, Carlos Gemignani y Daniel Petrone. El tercer miembro del tribunal, Mariano Borinsky, sostuvo que debía continuar en un establecimiento penitenciario.

Según informa en esta jornada el diario Página 12, el camarista Gemignani escribió que, para él, el certificado trucho no constituye una causal de revocación de la prisión domiciliaria. Dijo, además, que Olivera nunca salió de su casa o incumplió con la orden de pedirle autorización al tribunal cada vez que debió hacerlo.

"La discusión sobre el valor atribuido a un certificado médico aportado por Olivera como argumento para revocar el beneficio oportunamente concedido no llega a fundamentar suficientemente la revocatoria de la domiciliaria", se sumó Petrone.

Por su parte, el juez Mariano Hernán Borinsky quedó en minoría, y explicó que "la revocatoria de la prisión domiciliaria se encuentra debidamente fundada en virtud de un adecuado análisis de las constancias de la causa y de la conducta asumida por Olivera al pretender acceder a un beneficio mediante la presentación de un certificado médico con la fecha suprimida. Tal circunstancia, aunado a que se mantuvo prófugo desde el año 2013 a 2017 tras ser condenado a prisión perpetua, concretado a partir de una petición por razones de salud, dan cuenta de una grave inconducta procesal que desaconsejan la morigeración de la detención e imponen su revocatoria”.

(Fuente: Página 12)