Tras el cierre de AFIP, de esta manera se deberán saldar las deudas
A pesar de la modificación en la estructura y nombre del ente, las obligaciones fiscales de los contribuyentes permanecen inalteradas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está dando paso a la nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en un cambio que marca el inicio de una nueva gestión en la recaudación fiscal en Argentina. Sin embargo, a pesar de la modificación en la estructura y nombre del ente, las obligaciones fiscales de los contribuyentes permanecen inalteradas: todos deben continuar con el pago regular de impuestos y no se perdonarán deudas preexistentes.
Para aquellos que tienen deudas atrasadas en sus aportes de autónomos o monotributo, existen diversas opciones de pago disponibles, especialmente a través de plataformas digitales:
Opciones de pago de deudas acumuladas para monotributistas y autónomos:
A través de la Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas y Autónomos (CCMA), los contribuyentes pueden gestionar el pago de su deuda, incluyendo capital e intereses acumulados. Las billeteras habilitadas para el pago directo desde esta plataforma incluyen:
- Interbanking
- Mercado Pago
- Cuenta DNI
Para los pagos de aportes preestablecidos (también conocidos como “facturables”), las opciones incluyen:
- Mercado Pago
- Cuenta DNI – Banco Provincia
- BNA+ – Banco Nación
- Interbanking
Aunque el cambio de AFIP a ARCA marca una nueva era, los contribuyentes deben mantenerse al día con sus obligaciones, dado que los procedimientos de cobro y cumplimiento se mantienen sin variaciones significativas.
Valores vigentes en noviembre 2024
Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías:
- I: $43.886,22
- II: $61.439,76
- III: $87.771,66
- IV: $140.434,59
- V: $193.096,80
Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
Categorías
- I’ (I prima): $48.000,55
- II’ (II prima): $67.199,73
- III’ (III prima): $96.000,25
- IV’ (IV prima): $153.600,33
- V’ (V prima): $211.199,62